Alta de electricidad
¿Cuándo podremos dar de alta la luz en nuestra vivienda?
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He llamado a Iberdrola para dar de alta la electricidad y me dicen que no está cerrado el expediente que tiene la constructora con ellos, es decir, que nosotros no podemos dar de alta la luz hasta que la comunidad de propietarios no de de alta los servicios generales, y ésto no lo pueden realizar hasta que el expediente con la constructora no esté cerrado. Me han dicho que esta situación puede ser producida con que hay problemas con la instalación para que Iberdrola la apruebe.
¿Sabéis algo de los garages? ¿Cuándo los podremos usar?
¡Tened cuidado con los seguros de la vivienda! Los que los habéis realizado a través del BBVA, hoy me han dicho que aún están haciendolos. Esto quiere decir, que si hacemos reformas, por ejemplo, en la cocina, y de repente aparece un problema en tuberías o gas. La constructora se lava las manos porque al meter una reforma se pierde la garantía (esto lo he comprobado con Comunidades Castellana) y somos nosotros los que debemos pagar un perito para demostrar que el fallo es problema de la constructora y no de nuestros obreros. Más gastos de denuncia, etc... Este problema se minimiza si el seguro del hogar (contenido, continente) está en regla, pues el seguro se encarga de todo. Hoy me han confirmado que en contra de lo que pedí mi seguro lo iban a hacer sólo contra incendios. Es decir, que si no llamo, pago el seguro y me creo que tengo asegurado el contenido (por si hay problemas o se rompe algún mueble al dia seguiente de la mudanza), y resulta que hubiera estado sin seguro para muebles y problemas de agua, gas, etc...
Así que os aconsejo que verifiquéis las condiciones del seguro de la vivienda que el BBVA os está tramitando o os ha tramitado.