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J
jaroso
16/05/2009 13:49

VANDALISMO EN NUESTRO GARAJE.AVISO A LOS VECINOS.

¿Cómo podemos evitar que sigan robando los espejos retrovisores de los coches en nuestra comunidad de vecinos?

1.185 lecturas | 3 respuestas
Queridos vecinos,

Esta noche pasada un cobarde hijo de puta al que le quiero recordar los arts.264 y ss. del Código Penal, ha cometido el delito de arrancarme en mi plaza de garaje los dos espejos retrovisores de un BMW propiedad de un familiar mio. ES UNA VERGUENZA LA MIERDA DE COMUNIDAD DE VECINOS QUE TENEMOS.¡ QUE LÁSTIMA QUE HAYA GENTE TAN MEZQUINA! ¡ ESTOY INDIGNADO! Se ha servido de herramienta ( posiblemente una sierra)para llevar a cabo su fechoría. ESPERO QUE NO VUELVA HA OCURRIR YA QUE LOS HECHOS VAN A SER DENUNCIADOS Y VOY A ESTAR VIGILANTE ME TENGA QUE GASTAR LO QUE HAGA FALTA. LA SEGUNDA VEZ TE VOY A PILLAR. UN SALUDO A TODOS LOS VECINOS QUE OS PODAIS SOLIZARIZAR.
 
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romanoprodi
20/05/2009 18:59
La verdad es que no soy abogado y no conozco el codigo penal, pero tenía curiosidad por saber lo que dicen los siguientes articulos y creo que encaja más con el 263, es así jaroso:

CAPÍTULO IX.
DE LOS DAÑOS

Artículo 263.

El que causare daños en propiedad ajena no comprendidos en otros títulos de este Código, será castigado con la pena de multa de seis a 24 meses, atendidas la condición económica de la víctima y la cuantía del daño, si éste excediera de 400 euros.

Artículo 264.

1. Será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses el que causare daños expresados en el artículo anterior, si concurriere alguno de los supuestos siguientes:

Que se realicen para impedir el libre ejercicio de la autoridad o en venganza de sus determinaciones, bien se cometiere el delito contra funcionarios públicos, bien contra particulares que, como testigos o de cualquier otra manera, hayan contribuido o puedan contribuir a la ejecución o aplicación de las Leyes o disposiciones generales.

Que se cause por cualquier medio infección o contagio de ganado.

Que se empleen sustancias venenosas o corrosivas.

Que afecten a bienes de dominio o uso público o comunal.

Que arruinen al perjudicado o se le coloque en grave situación económica.

2. La misma pena se impondrá al que por cualquier medio destruya, altere, inutilice o de cualquier otro modo dañe los datos, programas o documentos electrónicos ajenos contenidos en redes, soportes o sistemas informáticos.

 
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danycani
19/05/2009 10:14
Pero bueno, no doy credito.
Esto es indignante, con un hacha?
Yo no estuve esos dias pero cualquier cosa que vea la comunico inmediatamente
 
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jaroso
17/05/2009 22:43
Buenas noches,

Los hechos ya están denunciados y se va a abrir una investigación dentro de la vecindad. Por favor, si alguién vio algo sospechoso en la madrugada del viernes 15 al sábado 16 solicito su colaboración en este foro o comunicándolo directamente a la Guardia Civil o Policía Municipal ( ocurrió en la 2ªplanta cerca de la salida, y el coche afectado era un BMW de color rojo). Quiero pensar que ha sido obra de un vándalo ajeno a la comunidad pero según la valoración efectuada por los agentes de la G.Civil sospechan que se trata de un vecino con problemas psiquiátricos dada la forma de actuar. ESTA SITUACION ES MUY DESAGRADABLE YA QUE NADIE ESTA A SALVO DE QUE UN INDIVIDUO ASÍ PUEDA VOLVER A ACTUAR. SALUDOS Y GRACIAS POR VUESTRA COLABORACION.
 

Fin del hilo
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