CONTRA LOS VECINOS QUE HAN CERRADO, y de los que se ha informado al presidente:
(cito el consejo de la guia legal de comunidad de vecinos)
- El presidente, en caso de que la actividad vaya en contra de la normativa sobre la materia, pedirá al vecino infractor que no vuelva a realizar la actividad en cuestión, advirtiéndole de que si no lo hace, iniciará las acciones judiciales que procedan.
-Si el vecino continúa con la actividad, se convocará a la Junta de Propietarios, en la que se la autorizará al presidente para que tome las medidas oportunas contra el vecino molesto, presentando una demanda en el Juzgado de Primera Instancia
PRESIDENTE ESPERAMOS que convoque esta junta extraordinaria.
Estoy a favor de la propuesta de Nicole si el presidente no reacciona