Hola Merena, la actos jurídicos documentales los tiene que pagar el comprador y en ningún caso la entidad banacaria con la que vas a realizar la hipoteca.
En dónde si estoy de acuerdo contigo es lo de la plusvalía y la cancelación registral. ¿Como tenéis pensado realizar la denuncia?, sería antes de la firma o la reclamación sería posterios.
Espero haberte ayudado, de todas formas sería interesante que nos enviaras de dónde has cogido está información para contrastarla no vaya a ser que yo me equivoque.
(c_cordoba_a@hotmail.com) Un saludo y muchas gracias por tenernos informados.
3º.- Actos Jurídicos Documentados
Quedan sujetas a esta modalidad:
a) Los documentos notariales
Ademas de la cuota fija que se satisface por la utilización de papel timbrado existe una cuota gradual que grava las primeras copias de escrituras y actas notariales cuando:
Tengan por objeto cantidad o cosa valuable
Contengan actos o contratos inscribibles en los Registros: Mercantil, de la Propiedad, Industrial.
No esten sujetos al Impto. sobre Sucesiones y Donaciones ni a las otras modalidades del Impto. sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Juridicos Documentados.
b) Los documentos mercantiles
c) Los documentos administrativos VIVIENDAS NUEVAS: si usted va a comprar una vivienda nueva, esta se grava con el IVA, y por lo tanto, ADEMÁS de dicho IVA, hay que pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.