En el contrato firmado en Toledo a 20 de Diciembre de 2011, por CGEL y la Comunidad De Propietarios Las Tres Culturas De Benquerencia (D. VICTOR JAVIER BRIZUELA SAN MARTIN), no hay ningún tipo de cláusula que obligue a ningún vecino a darse de alta en tiempo o fecha determinada.
¿Sabéis en que se basa esta gente de CGEL, para obligarte a darte de alta y contratar sus servicios?
Porque una cosa es que estés obligado a habitar la casa pasado tres meses de la entrega de llaves, y otra que tengas que contratar el servicio de calefacción y agua caliente (No es necesario tener agua caliente ni calefacción para poder vivir).
Y también me gustaría comentaros, uno de los puntos del acta del día 24-04-12 en el que se hace referencia a que el mantenimiento de las instalaciones de la calefacción y agua caliente sea asumido por la comunidad, esto es una auténtica artimaña.
Porque de esta manera CGEL se asegura el cobrar por no prestar servicio a la totalidad de los vecinos.
Los vecinos que ya tengan firmado el contrato con CGEL, va a seguir pagando la misma cantidad (a CGEL lo único que le interesa, es cobrar por un mantenimiento inexistente).