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L
LITOXNITAX
23/05/2007 20:39

cerradura escalera i

¿Se puede cambiar la cerradura de la salida de emergencia de la escalera I?

1.077 lecturas | 9 respuestas
hola todos yo queria hacer una pregunta en la salida de emegencia de la escalera I se a cambiado la cerradura se puede hacer esto?
si!!!! es una salida de emrgencia pero tambien creo que es acceso al parkin .
yo entiendo que es un coñazo que todo el mundo pase por ahi pero tambien entramos y salimos por muchas otras puertas de otras escalera
que es por el ascensor? pues que hagan como muchas escalera se pongan una llave para que no se pueda subir ni bajar al parkin si no la tienes.
mas que nada es por saber si lo pueden hacer siendo salida de emergencia me imagino que si pero creo que es un acceso tambien al parkin.
saludos a todos
 
O
ore
12/02/2008 17:56
Buenas tardes,

Retomo este tema porque en la actualidad el tema se ha trasladado a la salida de emergencia de la ESC G.

Si con la ESC I, ya paso y se tomo la decisión por parte de los propietarios de esta escalera, de cambiar el bombin, em temo que en este caso vamos por el mismo camino.

Las salidas de emergencia tienen esa función, salida de emergencia, no zona de paso, porque sino se usan con cariño pasa lo que pasa.

Saludos,
 
P
Punisher
10/06/2007 22:13
Al infeliz que echó super glue en la cerradura de la puerta, que vaya con ojo. Eso ya es tomarse la justicia por su mano y lo único que le podría pasar es que si alguien le vé, tome ejemplo y haga lo mismo con su coche o piso.

Acerca de dos puertas que hay de este tipo, son salidas de emergencia, no entradas. Por no tener no tienen ni interruptor al entrar desde la calle. Por ello además únicamente se hace referencia a ellas como de salida.

Saludos.
 
O
ore
05/06/2007 11:33
Hola buenos días,

Después de mirar la norma NBE-CPI/96, en el Art. 8 Características de las puertas y de los pasillos, en el punto A dice lo siguiente€:
A lo largo de todo recorrido de evacuación, las puertas y los pasillos cumplirán las condiciones
que figuran a continuación.
8.1 Puertas
a) Las puertas de salida serán abatibles con eje de giro vertical y fácilmente operables.
Es recomendable que los mecanismos de apertura de las puertas supongan el menor riesgo
posible para la circulación de los ocupantes.

En este caso se pueden extraer muchas conclusiones, y Mformas de ver este párrafo. miraremos si hay alguna norma que lo especifíque un poco más.

Saludos,
 
P
Punisher
05/06/2007 00:15
Lo que es una vergüenza es que se estuvieran utilizando los ascensores de otras escaleras constantemente.
Es un incordio, un gasto y siempre estaban sucios. Mucha gente subía por el de la escalera I incluso con los perros.
 
A
Alfredo_garcia
04/06/2007 23:16
Muchas gracias
 
O
ore
04/06/2007 17:18
Hola buenas tardes,

Para evitar problemas de este tipo, creo que deberíamos miarnos los documentos que en su día se entregaron a todos los propietarios a través del notario, el cual define lo siguiente:

- ORGANIZACIÓN. ARTÍCULO I. PÁRRAFO 3.Para la adopción de acuerdos sobre asuntos que afecten única y exclusivamente a una de dichas subcomunidades, será suficiente con el concurso de los copropietarios integrantes de la misma. Así mismo el siguiente ARTÍCULO II dice: Cualquier acuerdo a adoptar que pueda afectarles debe ser tomado por mayoría o unanimidad, según el caso y determine la ley, de la totalidad de propietarios de la propiedad horizontal.
Con esto quiero decir, lo dice el notario, esto nos afecta a todos, aunque es también vergonzoso ver como está el acceso de esta puerta de emergencia de la escalera I. Lo mismo pasa en la escalera K. La solución, colocar el llavín en el ascensor, y me remito al notario:

- ARTÍCULO VII. El ascensor en su recorrido de la planta baja al sotano, solo podrá ser usado por quien sea propietario o usuario de una de la viviendas, a cuyo fin la puerta del ascensor de dicha planta sotano tendrá llave que solamente podrán tener dichos propietarios o usuarios. Por lo tanto se permite colocar llavín, lo firma así el notario.


Este problema se ha hablado, hoy mismo con el Presidente de la Escalera I, y nos informaremos mediante ACO, y las 88 páginas de las que consta la norma NBE-CPI/96, o la norma UNE que regule las puertas de emergencia de ambos subterraneos.

Un saludo,
 
A
Alfredo_garcia
01/06/2007 19:33
Bueno pues que deje la que esta puesta y que den una copia a cada vecino por si alguien quiere entrar por hay. Y si, ACO ya lo sabe.
Saludos
 
P
piton
24/05/2007 09:56
hola


el problema no es que la cambien si no que no sepuede
ya que es una puerta de macrocomunida lo que no se si ACO esta enterado de este cambio por que como atministrador el sabe o lo tiene que saber que no se puede alterar ninguna puerta de salida de emergencia, pero seguro que todo esto tiene alguna razon y el presidente de la escalera I tendria que ponerlo en conocimiento del presidente de macrocomunida "PERO CAMBIAR LA CERRADURA POR LA QUE HABIA" es un comentario y que nadie se sienta molesto

un saludo
 
A
Alfredo_garcia
23/05/2007 22:58
Bueno por si no te lo a comentado tu presidente de la escalera ya te respondo yo. NO se puede alterar ningún elemento que pertenezca a la macro, como en este caso los de la escalera I lo han hecho deberán asumir ellos el gasto y volver a poner la cerradura antigua ya que como tu bien dices es una entrada comunitaria al parking.

El problema de las llaveras en los ascensores no tiene solución al menos que yo sepa, ya que en los documentos que nos dieron al entregarnos las llaves del piso decía que en ningún bloque de la segunda fase se pueden instalar debido a que por hay aceden a nuestros contadores, y si nos diese por poner una llave en el ascensor y entregarla a la compañia de suministros estos no se hacen responsables en caso de daños.
 

Fin del hilo
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