el IBI devenga el uno de enero, el que sea el propietrio en esa fecha es el que tiene que pagarlo.
Normalmente, en compra-ventas entre particulares, se suele repartir el pago, (si el piso se vende a mediados de año, por ejemplo, el comprador paga la mitad y el vendedor la otra mitad) aunque legalmente el que está obligado a pagar, como he dicho antes es el titular del inmueble a 1 de enero, de manera que es Copcisa quien debe pagar el IBI de 2006, si firmais la compra después de esta fecha.