ahora me pones en duda. lo qeu te puedo decir es que a mi me han pasado tres. uno en septiembre o tro en noviembre y otro en enero.de todas maneras ahora le mando un mail al administrador.
el administrador me ha contestado lo siguiente:
En contestación a tu consulta, comentar:
1. El periodo liquidativo de las cuentas se iniciaba el 01.07.11 y finaliza el 30.06.12
2. El periodo de cada cuota es trimestral.
3. Los periodos de cuotas incluida la provisión de fondos de constitución serían:
1º Cuota Comunidad: Periodo 01.07.11 - 30.09.11 + Provisión de Fondos
2º Cuota Comunidad Periodo 01.10.11 - 31.12.11
3º Cuota Comunidad Periodo 01.01.12 - 31.03.11
4º Cuota Comunidad Periodo 01.04.12 - 30.06.12
4. La primera cuota de comunidad se emite con fecha 22.09.11 una vez obtenidas algunas Fichas de datos de los propietarios, realizados los trámites legales de constitución y apertura la cuenta bancaria, teniendo en cuenta que la junta de constitución fue en el mes de Junio y posterior época de verano donde los trámites burocráticos son más lentos.
5. Si en el mes de Septiembre hubiésemos pasados las cuotas correspondientes a los trimestres 01.07.11 - 30.09.11 y 01.10.11 - 31.12.11 + provisión de fondos, los periodos de emisión no serían los que tu bien indicas en el correo (bimensuales), lo que ocurriría es seguramente hubiese una devolución de recibos que dejaría sin liquidez a la comunidad en ese momento.
6. Lo que se pretende es que todos los propietarios al cierre de ejercicio 30.06.12 tengan pagadas todas las cuotas, sin tener que realizar esfuerzo por la cuantía a cambio de emisiones por periodos de tiempo más corto. La periodicidad que informas es la menos lesiva (cada dos meses con el periodo trimestral establecido) para alcanzar el pago de todos los trimestres al 30.06.12.
22.09.11: Periodo 01.07.11 - 30.09.11 + Provisión Fondos
11.11.11: Periodo 01.10.11 - 31.12.11
25.01.12: Periodo 01.01.12 - 31.03.12
Si te fijas en tus recibos bancarios estos son los periodos trimestrales que la comunidad te cobro hasta la fecha. El próximo recibo se te emitirá por el trimestre 01.04.12 - 30.06 12 en el mes de Marzo ó si apuramos un poco en Abril.
Entendemos, salvo error u omisión por nuestra parte, los periodos de cuotas trimestrales son los informados en el presupuesto anual ordinario y que fuera aprobado en junta de constitución, la diferencia esta en los plazos de emisión de estas cuotas, cuyo único objetivo tiene distribuir mejor en el tiempo la forma de pago y la cuantía, hasta llegar al cierre del ejercicio 30.06.12, algo que estando en el mes de Febrero hemos conseguido.
Por todo lo expuesto, esperamos haber aclarado la consulta, concluyendo que nada fue cambiado de lo dicho y aprobado en junta, los propietarios pagan las cuotas asignadas a sus predios según el presupuesto con servicios ofertados, sin tener que reclamar otros distintos y el periodo trimestral establecido.
Atentamente.
Fdo.: Pedro Peláez Galnares
Adm. Com. Prop. RESIDENCIAL LLANES PARAÍSO II
Editado por lirto 23/02/2012 10:21