Bueno isalaur, tildar mi información de comunicado, tiene atrevimiento.
Pero yo he aportado un dato oficial. Yo he dicho que la SD tenga las cuentas embargadas ni que no paguen los impuestos. Lo que digo es que el día 5 de abril aparecio en el boletín de Huesca notificación de embargo por no pagar el IBI del 2012 (¿?).
Lo dice la Diputación de Huesca, que se notifica embargo por no pagar... si ha pagado o no, lo dice, insisto una institución pública.
Lo que dice ese boletín es que se notifica una diligencia de embargo,y he mirado en la AET que dice que una vez requerido el pago de una cantidad y no satisfecha ésta, se procede al embargo de bienes (cuentas bancarias, por ejemplo) y que cada actuación de embargo se documentará en diligencia, que se notificará a la persona con la que se entienda dicha actuación.
Efectuado el embargo de los bienes o derechos, la diligencia se notificará al obligado tributario y, en su caso, al tercero titular, poseedor o depositario de los bienes si no se hubiesen llevado a cabo con ellos las actuaciones, así como al cónyuge del obligado tributario cuando los bienes embargados sean gananciales y a los condueños o cotitulares de los mismos.
Contra la diligencia de embargo sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición:
Extinción de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago.
Falta de notificación de la providencia de apremio.
Incumplimiento de las normas reguladoras del embargo contenidas en esta Ley.
Suspensión del procedimiento de recaudación.
En definitiva, el embargo existe y la diligencia es la constancia de ello. Si no le gusta isalaur, las quejas al maestro armero. O eso o el BOPH y la AET mienten... yo no, soy un mero transcriptor, y al que quiere comprar hay que darle toda la información...¿O no?
Por cierto ¿quien ha hecho mal uso de la información y en qué ha consistido dicho mal uso?