Buenos días,
Estimado vecino, tan solo decirle dos cosas ; la primera que tiene usted razón, yo no sé si ustedes tienen el perro abandonado o mimado ; o si se van de copas y le dejan en el patio llorando o por el contrario se han acostumbrado a sus ladridos y están tan agusto durmiendo... No sé nada de esto porque no le conozco. Pero lo que sí que sé, es que el día que escribí el mensaje eran las 2 menos cuarto de la madrugada de un sábado, y el perro llevaba mas de una hora ladrando sin que ustedes hicieran nada por evitarlo.
Lamentablemente no era la primera vez que esto ocurría, y lamentablemente esto ha seguido sucediendo.
Dice que no eran conscientes de la situación y piden disculpas. Yo de verdad que se lo agradezco. Pero al igual que yo me he quejado a través del patio en alguna ocasión por los ladridos del perro, he oido a otros vecinos hacerlo... y si yo los he oido, perdónenme pero supuse que ustedes también.
Por tanto no me parece que mi comentario estuviera fuera de lugar entonces, ni me lo sigue pareciendo ahora.
Me gustaría saber que pensarían ustedes de mí, si la situación fuera al contrario y fueran ustedes los que llevaran meses intentando descansar y los ladridos de mi perro no se lo permitieran.
A ver que habrían escrito despues de más de una hora con la cabeza como un bombo a causa de los ladridos, e intentando dormir sin conseguirlo porque al día siguiente tienes que levantarte a las 6 de la mañana para ir a trabajar (porque yo al día siguiente a pesar de ser domingo trabajaba).
Yo no escribí el mensaje para criticarles. Lo que hagan ustedes con su vida o con su perro no es de mi incumbencia. Pero lo que sí es de mi incumbencia es que a causa de los ladridos de su perro el resto de los vecinos no podamos descansar, y eso es lo que pretendía denunciar.
La segunda cosa es que dice usted que el lugar del perro es el patio, y que se tiene que acostumbrar a estar ahí. Y que además se comprometen a tenerlo callado a partir de las doce.
Y digo yo, ¿y el resto de las horas no tenemos derecho a descansar?. ¿Me conoce usted para saber de mis horarios y de cuando necesito dormir?. ¿Se le ha ocurrido pensar que hay gente que también trabaja por la noche y necesita dormir por el dia? ¿No tengo derecho tampoco a echarme una siesta en mi casa si me apetece, o a poder leer, o ver la televisión o disfrutar de mi casa tranquilamente?.
El lugar del perro es el patio porque a usted se lo parece, pero si despues de la cantidad de meses que llevamos aguantando esta situación seguimos como al principio, creo que debería plantearse seriamente otra solución como lo es llevar al perro a que lo adiestren o ponerle un bozal. O lo que sea... pero no se limite a dejarle en el patio hasta que se acostumbre porque llevamos ya muchos meses y al perro le sigue sentando igual de mal que el primer día, que lo dejen en el patio solo mientras ustedes están dentro.
Algo tienen que hacer, y es que perdónenme, pero siento decirle que los derechos de su perro no están por encima de los del resto de vecinos.
Por favor, lease la normativa de tenencia de animales domesticos del ayuntamiento de Pinto:
http://www.ayto-pinto.com/html/ayuntamiento/reglamentos/documentos_reglamentos/pdfparticipacion/Animalesdomesticos.pdf Me permito transcribirle los articulos 7, 31 y 32:
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ARTICULO 7.- La tenencia de animales de compañía en viviendas o fincas urbanas quedará supeditada a los siguientes condicionantes:
- Deberán disponer de un alojamiento higiénicamente adecuado, QUE NO CAUSE MOLESTIAS O PELIGRO A LOS VECINOS o al propio animal.
- No se permitirá la tenencia de animales dañinos o feroces como animal de compañía.
- No se permitirá la tenencia como animal de compañía animales que sin ser dañinos ni feroces, puedan provocar pánico en los vecinos. Especialmente queda prohibida la tenencia de reptiles.
- No se permitirá la tenencia como animal de compañía a animales que por su naturaleza, (especie, raza etc) PUEDAN CAUSAR GRAVES MOLESTIAS A LOS VECINOS (olores, RUIDOS, presencia de insectos etc).
- En general, y salvo informe favorable del técnico de Medio Ambiente y del Técnico del Centro Municipal de Salud, no se permitirá la tenencia como animal de compañía a un animal que no pueda ser considerado animal doméstico.
ARTICULO 31.- Los animales que permanezcan durante la noche en el recinto que guardan o en el exterior de una vivienda (terrazas, patios etc) deberán disponer de un habitáculo cerrado con una puerta y acondicionado a las necesidades del animal. El animal deberá estar dentro del habitáculo y con la puerta cerrada antes de las 12 horas de la noche y no podrá salir de él antes de las 6 horas de la mañana. El animal no deberá permanecer en el interior del habitáculo más de 10 horas al día.
El habitáculo deberá tener unas condiciones de insonorización tales que los ruidos producidos por el animal no puedan molestar a los vecinos.
ARTICULO 32.- Se prohíbe la tenencia de animales en aquellos lugares en los que no pueda ejercerse sobre ellas una adecuada vigilancia.
Asimismo, queda prohibida la permanencia continuada de animales en terrazas patios, etc. especialmente cuando pueda suponer un riesgo para la salud o molestias a los vecinos."
Que yo sepa no tiene usted ningún habitáculo insonorizado dentro de su patio donde tener guardado al perro.
Yo sinceramente no le voy a denunciar por ello.
Pero recuerde que está prohíbido tener al perro en el patio cuando molesta a los vecinos.
Un saludo.