Vaya, estoy hecho un lío la verdad...
Según esto se calcularía de otra forma:
http://www.060.es/te_ayudamos_a/legislacion/disposiciones/38002_LEG-ides-idweb.html "
IV. Plan de Vivienda 2002-2005.
En el primer trimestre del año 2007, procede, por así estar establecido en el artículo 5 c) del Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, sobre medidas de financiación del Plan de Vivienda 2002-2005, revisar y modificar, en su caso, el tipo de interés efectivo anual vigente aplicable a la totalidad de los préstamos concedidos o a conceder en el marco del Plan de Vivienda.
Según el artículo 5 c) del citado Real Decreto, el tipo de interés revisado de los préstamos a conceder en el marco de los distintos programas del plan 2002-2005, será igual a la media de los valores de los dos últimos meses, con información disponible, del tipo porcentual de referencia, redondeado a dos decimales, de los préstamos hipotecarios del conjunto de entidades de crédito elaborado por el Banco de España, afectada dicha media por un porcentaje. Dicho porcentaje será el 91,75 por 100, establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de abril de 2002, como consecuencia de la aplicación de un sistema de ofertas competitivas, por parte de las entidades de crédito que se propusieron colaborar en la financiación del plan 2002-2005, sistema fijado en el citado artículo 5,c).
La aplicación de dicho sistema de ofertas competitivas, se efectuó siguiendo lo establecido en la Orden FOM 268/2002, de 11 de febrero, que desarrolla y concreta el procedimiento a seguir al respecto.
En concordancia con lo anterior, a la fecha de hoy, los valores correspondientes a los dos últimos meses para los que el Banco de España ha publicado índices de referencia de tipos de interés correspondientes al conjunto de entidades de crédito son, en tanto por ciento:
Diciembre 2006: 4,753.
Enero 2007: 4,811.
Tipo revisado resultante préstamos:
Tt = 4,753 + 4,811/2 × 0,9175 = 4,7820 × 0,9175 = 4,3875
Redondeado a dos decimales: 4,39
Por tanto el tipo de interés efectivo anual resultante de la revisión efectuada en el primer trimestre del 2007, aplicable a los préstamos concedidos por las entidades de crédito, en el marco de los convenios suscritos con el Ministerio de Fomento y con el Ministerio de Vivienda para la financiación del Plan de Vivienda 2002-2005, será del 4,39 por 100.
"
Por lo que sería algo así:
Euribor diciembre 2008: 3,452
Euribor enero 2009: 2,622
[(3,452+2,622)/2>x0,9175=2,786
+ el diferencial de cada uno (en mi caso 0,69) = 3,476% lo que se aproxima bastante a la noticia de El Mundo...
Lo que no entiendo es por que si cogen la media de diciembre-enero no la aplican hasta junio...