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EBS
EBS
29/04/2005 10:13

TENGO UNA DUDA

¿Qué tipo de IVA se aplica a las viviendas de protección oficial?

866 lecturas | 2 respuestas
Hola futuros vecinos:
Tengo una pequeña duda, que me gustaría consultar con vosotros. En el precio del piso nos cobran un 7% de Iva.

Pues bien os adjunto la ley de Iva 37/92, en la que en su artículo 91.DOS. dice "Se aplicará el tipo del 4 por 100 a las siguientes operaciones: punto 6º Las viviendas calificadas administrativamente como de protección de régimen especial o de promoción pública, cuando las entregas se efectúen por los promotores de las mismas. A estos efectos, el número de plazas de garaje no podrá exceder de dos unidades".

En fin vecinos que a ver si alguien puede aportar más datos, sobre el tipo que nos tienen que aplicar, si el 4 ó el 7, saludos a todos.
 
EBS
EBS
05/05/2005 16:06
Vaya mi gozo en un pozo.
Muchas gracias Mnat y un saludo
 
M
mnat
05/05/2005 15:31
Hola , he leido tu mensaje y te quería contestar, porque yo también tuve esa misma duda hace algunos meses y me informaron muy bien en Hacienda.

El IVA reducido del 4%, como tu muy bien dices, se aplica para vivienda de protección de régimen especial, que por supuesto no son las nuestras, ésas son según me comentaron las de integración social o realojo o algo así.

Y también se aplica a las viviendas de promoción pública que tampoco son las nuestras, ya que las nuestras son de promoción privada (Sociedades anonimas, cooperativas, etc.´), las de promoción pública serían de Ayuntamientos, el IVIMA, la EMV, etc.

Como ves nuestro gozo en un pozo porque para las nuestras no se aplica ese IVA.

Un saludo,
 

Fin del hilo
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