estado mirando cosas sobre este tema y encontrado un foro del año pasado que hablan de este tema.
http://www.lainmobiliaria.org/ftopicp-16743.html16743 os copio el parrafo que me llama la atencion:
a priori el precio de una vivienda protegida se establece con la calificación provisional y no pueden alterarse las condiciones entre la calificación provisional y la definitiva si ya se han recibido cantidades a cuenta, excepto con el consentimiento de los futuros propietarios y de la CAM.
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no se si esto seguira vigente o al ser cooperativa no nos afecta pero si alguien me lo puede aclarar...