Buenos días,
según mi hermana q es la abogada de una constructora y está harta de hacer divisiones horizontales, para inscribir estas divisiones en el Registro Dimora tiene que presentar los Estatutos de la Comunidad.
Otra cosa es que luego nosotros queramos cambiarlos en la primera junta, que, como dice TonyB, es lo que se establece en la Ley de Propiedad Horizontal, pero eso supone tener que cambiar la escritura de división horizontal y, por lo tanto, pagar impuestos (y bastantes).
Por eso, ella nos aconseja que le pidamos a Dimora estos estatutos y les echemos un vistazo. Puede que incluso ya estén inscritos, porque la división horizontal se puede hacer con la obra en construcción. Es de suponer que efectivamente sean standard porque ellos venden los pisos y no tienen interés especial en "una vez ellos desaparezcan", hacernos la puñeta adrede.
Otra cosa es el Reglamento de Régimen interior, que no tiene entrada en en el Registro y que nosotros podemos modificar en Junta de Propietarios. Aquí es donde debemos regular los toldos, aires acondicionados...
Yo si quereís cuando llamen para la firma de los anexos (en teoría a finales de este mes) les pido copia de los Estatutos, que podrán ser borradores o los definitivos, dependiendo de si ya se ha hecho o no la división horizontal. Mi hermana dice que ella se los revisa y yo os digo algo.
Un saludo