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AntoMo
AntoMo
12/04/2006 11:55

para los que quieran especular

¿Qué implica la nueva ley de tanteo y retracto en la venta de viviendas?

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Chicos hoy he llamado al IVIMA para enterarme un poquito de la nueva ley y me han explicado que desde el dia 13 de Octubre ha salido una nueva ley que permite a la Comunidad ejercer el derecho de tanteo y rectracto en los primeros 10 años, aunque no lo ponga en la escritura particular de cada uno. Cuando se decida vender hay que comunicarlo por medio de un impreso a la comunidad, lo que ellos llaman pedir la autorizacion de venta, tienen 3 meses para contestarte si te ejercen el derecho de tanteo y retracto, y si te lo ejercen ya no puedes decir que no lo vendes, no podrias echarte atras ya que esta atorizado el Ministerio de Justicia a quitarte la vivienda sino quisieras venderla. Por supuesto la comunidad te paga lo que este estipulado que vale tu vivienda segun modulo en ese momento. Por lo que se acaba la especulacion, porque el que quiera venderla para trapichear se la juega porque si no pide el permiso de venta cuando vaya al Notario a firmar con sus compradores el Notario esta obligado a pedirle el permiso de venta y la renuncia de la comunidad del tanteo y retracto y sino lo tiene tiene que hacer una reseña en la escritura de los nuevos compradores donde se les avisa que la comunidad puede ejercer ese derecho en los años que queden hasta 10.Quien va a comprar un piso asi? NADIE. Porque esa persona lo va a comprar casi a precio de mercado y encima se lo pueden quitar despues.
Lo que me han asegurado es que a todas las viviendas que quieran vender en los primeros 5 años se les va ejercer el derecho de tanteo y retracto ya que para ellos antes de ese tiempo es especulacion pura y dura. Me he informado por la pobre gente que pueda caer en la trampa de comprar asi.

 

Fin del hilo
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