El IVA que soporta el comprador es el resultado de multiplicar el precio del inmueble por el tipo impositivo vigente en el momento de transmitir la propiedad .Los tipos establecidos actualmente son:
- 7% con carácter general
- 4% cuando se trate de viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública.
La compra de una vivienda usada supone para el comprador el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas que ingresa él mismo en la Hacienda Autonómica correspondiente al lugar en que se halle situado el inmueble.
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Hola buenas,
Esto es lo que pone la dirección, a si que lo que hay que saber es si nuestra vivienda es de VPP con régimen especial o no.
Creo que no es nuestro caso, nuestra vivienda es de VPP pelá y mondá.
Si creeis lo contrario contarnoslo.
Saludos vecinos