Letras de locales y tratamiento en Renta
¿Podemos deducirnos en la Renta las letras mensuales de los locales?
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Las letras mensuales que pagamos junto con la última aportación son para los locales.
He llamado AEAT y me han confirmado que en Renta solo podemos deducirnos como vivienda habitual las primeras aportaciones y las letras semestrales y no la de los locales.
El día que se vendan, eso si venden, los locales tendremos que tributar o bien, como ganancia patrimonial o pérdida.
Por cierto, sabéis algo de este tema? hay muchas cooperativas que ya los tienen vendidos.
Bueno, vosotros que pensáis? cómo váis hacer de cara a la Renta?
Saludos