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adosa2
28/10/2007 11:20

Consejos de Jurista

¿Qué hacer al recibir una vivienda? Consejos prácticos

691 lecturas | 3 respuestas
Consejos prácticos sobre qué hacer al recibir una vivienda.



1º.- Antes de firmar la escritura, ver la vivienda de forma detallada, y si hay graves desperfectos, no firmar la escritura hasta que no estén rectificados. ( lamentablemente, esto no ocurre, aunque debería funcionar asi. Las promotoras-constructoras tienen mucha prisa por escriturar/ a la hora de cobrar todo son sonrisas y buenas intenciones, una vez que el comprador cumple, empieza la desagradable y deficiente fase de postventa donde el comprador queda en el más absoluto desamparo)

2º.- Leer detenidamente la escritura de compra, y si hay datos no correctos, pedir al notario que los rectifique.

3º.- Recibida la vivienda, deben pedir al promotor que les entregue el LIBRO DE LA EDIFICACIÓN. Con toda la documentación que debe contener ( art.7 de la LOE, y 13 de L. de calidad de la edificación C.A.Madrid), que en resumen son principalmente:

- Planos de obra.

- Todos los INTERVINIENTES en el proceso de EDIFICACIÓN.

- Anotaciones importantes del LIBRO DE ÓRDENES.

- Normas de instrucción y conservación de materiales e instalaciones.

- Calidades de materiales y garantías de los mismos.

- Normas de actuación en caso de siniestro.

- Certificado final de obra y acta de recepción del edificio o vivienda.

- Compañías aseguradoras de la obra y los agentes de la edificación.



4º.- Las reclamaciones deben hacerse en los dos primeros meses, y el usuario debe quedarse con justificante de haber realizado las reclamaciones.



5º.- Si no son atendidas,O BUSCAN DILATAR PLAZOS, deben tener en cuenta que las fechas en la LOE son importantes.

El artículo 17 de la LOE dice que LOS AGENTES QUE INTERVIENEN EN LA EDIFICACIÓN son responsables de los daños materiales ocasionados en el edificio en los plazos siguientes:



a) Durante 10 años, de los defectos que afecten a la cimentación, vigas ,muros de carga, en general “ defectos estructurales que afecten a la seguridad del edificio.”

b) Durante 3 años, por vicios o defectos de los elementos constructivos que afecten a su habitabilidad: estanqueidad, salubridad, conducciones eléctricas, sanitarias, gestión de residuos, protección contra el ruido , ahorro de energía y otros aspectos fundamentales que permitan un uso satisfactorio del edificio.

c) Durante 1 año, defectos o vicios que afecten a los acabados del edificio: pintura, remates de madera, suelos mal barnizados, etc.



Con la LOE son muy importantes los plazos y las reclamaciones deben hacerse dentro de los plazos previstos, en caso contrario pueden prescribir los derechos, sin perjuicio del plazo de prescripción para las acciones contractuales o personales, transmisibles con el contrato de compraventa del que forma parte inherente el proyecto de ejecución de la vivienda cuando la misma hubiese sido adquirida sobre plano o proyecto.



6º.- Si a pesar de requerimientos fehacientes a la promotora-CONSTRUCTORA y demás agentes de la construcción no son atendidas sus reclamaciones, y los vicios y defectos son de suficiente entidad (SU ESPECIALISTA O Departamento de especialistas evaluarán defectos e incumplimientos y le aconsejarán la reclamación si merece la pena) dirigirse a un bufete de abogados especialistas en reclamaciones de estas características. Donde le orientaran como proceder por la vía judicial oportuna, si es que procede, y le ayudaran a solventar ESTE PADECIMIENTO INJUSTIFICADO.

UN SALUDO,

Jesús Martín
Responsabilidad Civil en la Construcción
 
J
jalana
29/10/2007 11:08
Hay muchas cosas que recordar... plusvalia, libro etc. casi todas estan en este foro pero desordenadas, habra que repasar un poco.
Saludos
 
rubenymiriam
rubenymiriam
29/10/2007 10:37
Muchas gracias por los consejos. Nos vienen de lujo. Y sobre todo es importante recordar lo del libro de la edificación. Que yo no lo había vistoen mi vida
 
J
jalana
28/10/2007 19:01
No parece que imasatec tenga intención ni tiempo, para dejarnos que veamos otra vez la obra para comprobar si se rectifico lo que pusimos por escrito.
Pero recordar que:
1º No pudimos ver la casa con el sistema electrico funcionando.
2º Tampoco habia agua.
3º El tiempo de que dispusimos fue insuficiente en vista de la cantidad de defectos que habia.
4º No hemos recibido una explicación satisfactoria por los cambios efectuados en el proyecto inicial y que son muchos, ni por los retrasos en la entrega.
Por lo visto tendremos que pagar primero y reclamar despues, como siempre.
 

Fin del hilo
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