Buenas tardes
Bastante interesante este post.
Lo que no me queda muy claro , es como interpretar cuando te pueden o no cobrar comisiones. Evidentemente todos tuvimos que hacer por obligación la hipoteca con BBVA. Entonces , cuando ellos no te pueden cobrar comisiones ???? Cuando solo la tienes para pagar la hipoteca ??? Si tienes recibos domiciliados no vale ????
Es que he leido el apunte del banco de España y no especifica cuando si y cuando no.
Por ejemplo , si tienes tarjetas de debito o credito , "entiendo "que te cobren un gasto anual . Pero si solo tienes la hipoteca y alguna domiciliación ....... tambien pueden cobrarte ??
Podeis responderme , porque como me hayan cobrado por el morro , me presento mañana mismo con la lanza y el escudo y arde TROYA.