Estoy investigando un poco por la web de Gas Natural Fenosa, y he visto esto no se si nos ayuda, o si no, pero veo que a algunos nos cobran el IRC y a otros Canon de finca, con lo que me despista mucho. Mirarlo y a ver si nos ayuda.
Este canon se aplica en concepto del coste de la construcción de la instalación de gas de la Comunidad de Propietarios. Corresponde al alquiler de la instalación exterior que le lleva el gas desde la calle a su contador e incluye el mantenimiento de las instalaciones durante los años de vigencia del contrato.
Aparece, con la misma periodicidad que su factura, con el literal “canon alquiler IRC (Instalación Receptora Comunitaria)” (en clientes de mercado regulado) y “canon de finca” (para clientes de mercado liberalizado).
Este canon se aplica, solamente, cuando la instalación ha sido financiada por Gas Natural Fenosa y el importe facturado a cada punto de suministro de la finca corresponde a la parte proporcional del total que se aplica a nivel de finca.