Rosa la abogada del portal 6 está llevando el tema. Se han unido varios abogados para llevarlo por todo Madrid en las promociones afectadas. Las medidas adoptadas en el RD rompen el principio constitucional de la aplicación de una norma administrativa con carácter retroactivo. Se ha dado lugar por tanto a:
- incumplimiento de los plazos administrativos de resolución
- ineficacia del RD 2066/2008 y RD 11/2005
- vulneración del principio de eficacia administrativa.
Tras un estudio por un grupo de abogados del Colegio de Abogados de Madrid, no cabe la posibilidad de iniciar la vía jurisdiccional sin agotar previamente la vía administrativa, por ello no se puede poner aún denuncia colectiva sin agotar antes el procedimiento administrativo en primera instancia a nivel individual.
Hay que presentar un recurso solicitando la certificación de resolución, luego otro recurso de reposición. Si por este camino no se consigue nada, ya habría que ir por la vía contencioso administrativa, es decir, presentar una denuncia ante el juzgado de lo Contencioso Administrativo hasta agotar la vía jurisdiccional.
Yo tampoco me voy a quedar quieta y voy a denunciar todo...
Con respecto a lo de la paga extra.... hay que mirarlo bien, ya que dependiendo de los convenios y de cuándo se genere, como no puede ser con carácter retroactivo en algunos lugares están presentando escritos y denuncias para que paguen la parte proporcional.
Un saludo a todos