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M
marivisolaz
16/02/2004 13:51

SOBRE LA LEY DE COOPERATIVAS

¿Cómo se constituye una cooperativa según la Ley de Cooperativas de Madrid?

1.186 lecturas | 5 respuestas
SOBRE LA LEY DE COOPERATIVAS
Estoy leyendo la Ley de Cooperativas de Madrid y ....

He reparado en ciertos artículos que me han llamado la atención

Sobre el proceso de CONSTITUCIÓN DE UNA COOPERATIVA
Art. 8 las cooperativas “... Deberán estar integradas, al menos, por tres socios...”
Art. 9 “... la Asamblea constituyente, integrada por los promotores, aprobará los ESTATUTOS sociales y ... “los promotores deberán reunir los requisitos exigidos para adquirir la condición de socio de la cooperativa...” “... El Acta de la Asamblea constituyente, que deberá ser suscrita por todos los promotores, ...” “ ... el Acta se incorporará el texto de los ESTATUTOS sociales...”
Art. 3 “...Los promotores-gestores darán cuenta de todas sus actuaciones a la cooperativa como máximo dentro de los dos meses siguientes a su inscripción...”
“...La Asamblea general deberá pronunciarse sobre la aceptación o no de los actos y contratos celebrados en su nombre dentro del plazo de tres meses desde la inscripción de la cooperativa, debiendo aceptar, en todo caso, los realizados o celebrados por los Gestores, indispensables para su inscripción, así como los realizados o celebrados en virtud de un mandato específico dado por la Asamblea constituyente...”

Desde mi punto de vista se están produciendo HECHOS RELEVANTES que nos afectan y no hemos podido participar en ellos. ¿NOS VAN A FACILITAR MUCHO LA VIDA?

Según vuestra noticias la COOPERATIVA ESTÁ INSCRIRA ...


Sobre CLASES DE ASAMBLEAS
Art. 30 “....Las Asambleas generales pueden ser ordinarias y extraordinarias. La Asamblea general ordinaria tiene que reunirse UNA VEZ AL AÑO, ...” “... Todas las demás Asambleas tendrán el carácter de EXTRAORDINARIAS...”

Art. 31 “...1. La Asamblea general podrá ser convocada por los Administradores a iniciativa propia o a petición de los Interventores, de al menos un 10 % DE LOS SOCIOS o de 50 socios, con el orden del día propuesto por los peticionarios...”

¡CABE LA POSIBILIDAD DE QUE NOS REUNAMOS SOLO 3 VECES EN TOTAL! ¡UNA AHORA, LA PRÓXIMA EL AÑO QUE VIENE!

¿Conseguiríamos que alguien de nosotros ... “los de internet” pudiera estar en el CONSEJO RECTOR de la Cooperativa? ¿Qué os parece ALGUIEN INTERESADO, QUE SE MUEVA ...? ¡parece que somos 26 de momento, el 10%!

vergi, jcris, RaulYOlga, sandrachao, eduardosg, ... ¿QUIÉN OS PARECE?

¡Se puede convocar una ASAMBLEA GENERAL con 26 socios e intentar cambiar cosas que no nos gustasen! ¡Sobre todo SI NOS TRATAN MAL como aseguráis que ocurre en otras cooperativas!


 
M
marivisolaz
20/02/2004 19:36
Si quieres escucharme....
....esta es mi dirección joqtq@ya.com ...
 
S
sandrachao
20/02/2004 17:47
Tú me parece que eres doña-perfección, yo solamente escribo en este foro para informar de lo que me informan y cambiar impresiones con la gente, pero me pregunto algo ¿si lo sabes todo qué sentido tiene que escribas en el foro ? de verdad que sigo sin entenderte
 
M
marivisolaz
19/02/2004 02:43
¡¡¡ Espera Sandra, que estoy ALUCINANDO...♪ ;☺ ;♪ ;¸...)*+☺ ;.................!!!
2. Los socios tendrán derecho a:
Elegir y ser elegidos para los cargos de los órganos de la cooperativa.
Formular propuestas, según la regulación estatutaria, y participar con voz y voto en la adopción de todos los acuerdos de la Asamblea general y de los demás órganos de los que formen parte.
Participar en todas las actividades de la cooperativa, SIN DISCRIMINACIONES O RESTRICCIONES ARBITRARIAS.

¡¡No es una discriminación arbitraria lo de ............. “las primeras personas que estén apuntadas en la cooperativa” !!

¡¡¡que listillos son algunos!!!




Cada vez lo veo más claro

¡¡¡ADIOS PISCINA, ADIOS!!!
http://www.nuevosvecinos.com/lyrparlaeste/mensaje.asp?id=144126



REUNIONES MÍNIMAS QUE MARCAN LA LEY

PRIMERA REUNIÓN (MARZO ABRIL 2004)
Art. 3 “...Los promotores-gestores darán cuenta de todas sus actuaciones a la cooperativa como máximo dentro de los DOS MESES SIGUIENTES A SU INSCRIPCIÓN...”
“...La Asamblea general deberá pronunciarse sobre la aceptación o no de los actos y contratos celebrados en su nombre dentro del plazo de tres meses desde la inscripción de la cooperativa, debiendo aceptar, en todo caso, los realizados o celebrados por los Gestores, indispensables para su inscripción, así como los realizados o celebrados en virtud de un mandato específico dado por la Asamblea constituyente...”

Contratos celebrados en nombre de la Cooperativa
Según RyC http://www.centroryc.com/htm/esteparla.htm

Promotores: LyR
Gestión y comercialización: MDI,
Proyecto: ALDAGU, S.L.
Constructora: ?????

¿Tenéis noticia de algún ACTOS, CONTRATOS Y ACUERDOS?
¡BUENO YA NOS INFORMARÁN!

¿Se elegirán cargos? O ¡ya estarán elegidos tabién....!

SEGIUNDA REUNIÓN (MARZO ABRIL 2005)
Artículo 30 Clases de Asambleas
1. Las Asambleas generales pueden ser ordinarias y extraordinarias. La Asamblea general ordinaria tiene que REUNIRSE UNA VEZ AL AÑO, dentro de los SEIS MESES SIGUIENTES al cierre del ejercicio anterior, para examinar la gestión social, aprobar, si procede, las



TERCERA REUNIÓN (JULIO 2006)
Idem. anterior, Fin de la obra
 
Alpaguy
Alpaguy
19/02/2004 00:36
Hola. Os vengo leyendo y nunca me decidi a escribiros porque la verdad es apenas puedo aportar nada nuevo..Vosotros siempre estais a la última.
En fin, solo deciros que somos unos de los primeros cooperativistas, y contais con nuestro apoyo. Estamos ansiosos de porfin poder reunirnos, ya que considero que hay muchas cosas sobre las que debatir.
Un saludo
 
S
sandrachao
18/02/2004 22:13
Tienes razón sería interesantísimo conocernos todos en la reunión, y como dijiste en un mensaje anterior, cada uno de nosotros debería decír a al menos 10 personas la existencia de este foro.
En cuanto a formar parte del consejo Rector, según me indicaron en otra cooperativa, sólo pueden pertenecer a él las primeras personas que estén apuntadas en la cooperativa, con lo cual, no cumplo el requisito.
 

Fin del hilo
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