Raul32, te veo un poco preocupado o preocupada ;-).
Has de saber que si se ejercen acciones legales, el juez parará todo y hasta que no dicte sentencia, ponte que en 4-5 años, denegará que esos pisos se entregen. Las acciones legales las puedes ejercer una vez que te entreguen tus llaves, vamos, que si te apetece según firmas en el notario, te puedes ir a los juzgados de Leganés y solicitar daños y perjuicios o lo que toque, pero antes... va en perjuicio tuyo, a no ser que quieras echar un pulso a la justicia, porque no se lo echas a MADRIBIL (esto es España). Supongo que una vez que tengamos las llaves y hagamos la primera junta de la Mancomunidad pues lo suyo si es que tiene sentido, es que solidariamente presentemos una reclamación por daños y perjuicios contra la Promotora porque contra la constructora nosostros creo que no podemos ejercer accioens legales, ya que nuestra representante frente a la Administración y frente a la Contructora es MADRIBIL y creo que todos estamos de acuerdo (yo creo que hasta ellas) que esto les ha venido grande y tienen que compersar a los propietarios por todo lo que hemos sufrido. Luego la promotora si quiere puede ejercer acciones judiciales contra la Contructora o contra la Administración o contra quien le de la gana.