Convocatoria Junta Extraordinaria para 13-07-2006
¿Qué temas se tratarán en la junta extraordinaria de la comunidad de propietarios del edificio en calle Croat 2-14?
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JUNTA EXTRAORDINARIA CONVOCADA POR 25% PROPIETARIOS
Conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Propiedad Horizontal, por medio del presente escrito y reuniendo los firmantes los requisitos de número cuotas legales, se convoca JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA de la Comunidad de Propietarios del Edificio sito en calle Croat 2-14, para el día 13 de julio de 2006, a las 20:00 horas en primera convocatoria y a las 20:30 en segunda, caso de haber lugar.
El ORDEN DEL DIA es el siguiente:
1.- Humos y olores en la cocina.
Decidir las medidas a adoptar por parte de la comunidad sobre este problema.
2.- Goteras en los trasteros.
Decidir las medidas a adoptar por parte de la comunidad sobre este problema.
3.- Mal estado del parquet.
Decidir las medidas a adoptar por parte de la comunidad sobre este problema.
4.- Zonas comunes: jardín.
Decidir las medidas a adoptar por parte de la comunidad sobre este problema.
5.- Facturas con fecha anterior a la adquisición de las viviendas.
Decidir las medidas a adoptar por parte de la comunidad sobre este problema.
6.- Retrasos en la construcción de la vivienda.
Decidir las medidas a adoptar por parte de la comunidad sobre este problema.
7.- Retrasos en la entrega de la vivienda.
Decidir las medidas a adoptar por parte de la comunidad sobre este problema.
Debido a la importancia de los temas a tratar, rogamos su asistencia personal o por delegación.
Los Propietarios Convocantes de esta Junta Extraordinaria se amparan en el siguiente artículo de la Ley de Propiedad Horizontal para convocarla:
Artículo 16
1. La Junta de propietarios se reunirá, por lo menos, una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el Presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen, al menos, el 25 por 100 de las cuotas de participación.
2. La convocatoria de las juntas la hará el Presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, practicándose las citaciones en la forma establecida en el artículo 9. La convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo 15.2.
Nota: A los efectos procedentes, se informa que los propietarios que tienen recibos pendientes de pago el día de la Junta Extraordinaria no podrán ejercer el voto, conforme al artículo 16.2.