Hola, yo soy de Entreparques (Coivisa) y dentro de año y medio nos intentarán colar la plusvalía. Os adjunto un mensaje del Residencial Buena Vista de Carabanchel por si os sirve y os animo a que plantéis cara y evitéis que Coivisa infrinja la ley.
Hola a todos.
En el siguiente link tenéis acceso a la Guía Práctica para el Comprador de Vivienda del Colegio de Notarios. Dada la autoría, me parece un texto muy fiable, que se lee rápido y está muy clarito:
http://www.notariado.org/inf_juridica/guia_compr_vivienda.pdf Venimos desde hace tiempo hablando de la plusvalía, un gasto que legalmente debe pagar el vendedor. En la compraventa entre particulares es frecuente (y legalmente reconocido) que en el contrato se acuerde que esa cantidad la abone el comprador, aunque el Ayuntamiento se la requerirá siempre al vendedor. Pero no ocurre así en la compraventa de promociones de obra nueva, ahí el vendedor debe correr siempre con ese gasto. Textualmente, la Guía dice en la página 14: "El contrato debe incluir (...) en particular, que el comprador no pagará los gastos que corresponden legalmente al vendedor".
Aparte de eso, personalmente creo que hay una razón fundamental para que no nos cobren la plusvalía: el desconocimiento sobre su cuantía, y la dificultad para prever la cifra. Porque no es igual la plusvalía cuando se trata de un terreno urbanizable que compró el promotor pocos meses antes de empezar a construir que la de un terreno que originalmente era rústico y que es propiedad del promotor desde hace veinte años. Y a los compradores no se nos da ninguna información al respecto, por lo que estamos en una clara situación de indefensión, pues al firmar el contrato estamos aceptando asumir el pago de una cantidad que puede ser muy elevada y que desconocemos por completo a cuánto puede ascender.
En la página 15 se habla de los derechos del comprador: "Nulidad de cláusulas abusivas: Si el contrato incluye cláusulas abusivas, éstas quedan anuladas y se tienen por no puestas aunque las haya firmado y aceptado el comprador". Fijaos lo importante que es esto: AUNQUE ACEPTEMOS ESAS CLÁUSULAS, NO SE TIENEN EN CUENTA. La duda es, ¿qué cláusulas se consideran abusivas? ¿Es la subrogación una de ellas? ¿Y la plusvalía? La Guía nos lo aclara con una lista de cláusulas abusivas, algunas de ellas son:
- "Obligación del comprador para subrogarse o pagar un préstamo solicitado por el promotor".
- "Cobro al adquiriente de gastos administrativos o bancarios no generados por él".
- "Renuncia del comprador respecto a su derecho a elegir notario".
Un saludo,
ago