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Alda11
Alda11
25/10/2018 12:24

Estatutos y las normas de régimen interno

4.215 lecturas | 18 respuestas

Creo este nuevo asunto, para poder agrupar las inquietudes e ideas que van surgiendo referente al tema, que creo son muy importantes para nuestra futura comunidad

 

 
M
marinaparklh
16/04/2019 13:43

El problema de las normas de régimen interno es que no hay vía legal para obligar a su cumplimiento...

 
B
Bcn7
27/03/2019 18:49
Todo esto está regulado en el Código Civil Catalán o Compilación Catalana Libro V (en google se puede buscar), y por lo que en su momento me tocó mirarme el Estatuto es una cosa y las Normas de Régimen interno otra (reguladas en art.553-11).
El Estatuto requiere para modificarse mayoría de las 4/5 parres de las cuotas (art.553-25).
Normalmente la Promotora hace un Título de Inscripción de la Comunidad (a su gusto e interès) y lo inscribe en el Registro de la Propiedad junto con el Estatuto. Y aunque esperemos que prime el sentido común como puede haber de todo creo que sería conveniente modificarlo e incluir lo que consideremos en el Estatuto sobre uso, destino y aprovechamiento de zonas privativas (terrazas de áticos, jacuzzi) y bienes comunes (gimnasio, piscina...).
A veces en ese estatuto la Promotora (como suele haber vendido los locales antes de inscribirlos en el Registro de la Propiedad) hace referencia en él a que excluye a los locales de ciertos gastos (cosa ilegal), y perjudicial para los vecinos, lo sé porque por desgracia se tuvo un problema en mi Comunidad y nos dio largos problemas judiciales y gastos por no modificar el Estatuto, así que recomiendo mirarlo bien .
 
Alda11
Alda11
16/12/2018 19:21

 

Bcn11 dijo:

 

Totalmente de acuerdo. Hay que incluir en los estatutos que en los locales comerciales no pueda haber actividades musicales como discotecas, bares etc que dan muchas molestias a vecinos con ruidos y malos olores.

 

estaria muy bien un supermercado grande tipo mercadona, consum ... 

 

 

Creo que existe la posibilidad de ponerse en contacto con grandes “supers “ para informarles del deseo de tener una franquicia de su marca en una zona determinada y ellos  estudian si les es rentable . No es descabellada la idea ya que esta zona pronto estará más poblada

 

 

 
B
Bcn11
16/12/2018 14:31

 

Con educación todos nos entendemos. Esperemos que no haya un vecino incivico. 

 

 
B
Bcn11
16/12/2018 14:28

 

Totalmente de acuerdo. Hay que incluir en los estatutos que en los locales comerciales no pueda haber actividades musicales como discotecas, bares etc que dan muchas molestias a vecinos con ruidos y malos olores.

 

estaria muy bien un supermercado grande tipo mercadona, consum ... 

 

 

 
D
Dod54
13/11/2018 12:14

Esperemos que no tengamos muchos desmadres, creo que entre todos nos entenderemos bien y sabremos respetarnos, pero normas de uso y convivéncia han de quedar bien claras para que todo fluya mejor. 

A nivel del uso de la piscina, la sala etc…

Saludos.

 
Alda11
Alda11
13/11/2018 12:04

frownUf…. ruidos ….barbacoas….fiestas….., terrazas que se prestan a ello…...y somos muchos….., espero que ninguno se desmadre y seamos respetuosos

 
S
Sagarra
13/11/2018 08:18

completamente de acuerdo en ello! Y también regular claramente el tema de los ruidos/ música etc… para que todos podamos vivir con una cierta tranquilidad! 

 
S
SteveRogers
12/11/2018 18:20

Me parece muy bien incluir una cláusula de ese tipo

 
R
robert75
12/11/2018 13:42

Totalmente de acuerdo. Se debe incluir en los estatutos.

 
Alda11
Alda11
12/11/2018 08:41

Hola, estoy completamente de acuerdo, en ello va nuestra seguridad, descanso nocturno, que no se devalúen nuestras viviendas, etc…, imprescindible 

 
E
enparlem
11/11/2018 23:29
Hola. M'han explicat que algunes promotores accedeixen a incloure als Estatuts bàsics inicials la no autoritzacio d'habitatges amb llicencia d'us turistic. Sé que resulto reiterativa amb el tema, pero es molt important. No se si algú pot dir quelcom al respecte. Gracies.
 
Alda11
Alda11
28/10/2018 16:50

Yo no entiendo mucho, pero no son lo mismo los Estatutos  que las normas de régimen interno.

 En los estatutos es posible que se necesite 100 % y en las normas de régimen interno porcentaje debe ser diferente.

 
C
Cahos
28/10/2018 13:45

Hola a tod@s!

Lo que a mi me consta es que una vez estan constituidos los estatutos, si se quiere reformar uno de ellos o añadir nuevo, la comunidad de propietarios ha de estar al 100% de acuerdo.

Saludos!

 
G
Garo504
28/10/2018 13:26

Me ratifico...es cierto que hace falta unanimidad del 100% de los votos para cambiar cualquier cosa del estatuto. 

 

 
G
Garo504
28/10/2018 13:04

Hola a todos..

Lo que tiene que primar, sobretodo, es el sentido comun. Tal como comenta Enparlem, en ningun caso se puede generar un excesivo peso de las cubiertas.  Y, por otro lado dudo mucho que cualquier modificacion de estatutos tenga que ser aprobado con el 100% de los votos,,,eso no sucede ni en el Congreso de los Diputados....me vuelvo a repetir..el sentido común nos ayudará a todos a convivir…

Esperemos que pronto desalojen a los okupas y continuemos todo con normalidad...animo

 
B
Beth123
27/10/2018 12:58

hola buenos dias a todos, en el tema de cambio de los estatutos tienen que estar de acuerdo 100% de los vecinos para modificarlos .saludos a todos.

 
Alda11
Alda11
25/10/2018 12:31
Cita:


Bona tarda. Un altre tema a incloure als estatuts.... no es pot modificar l'estructura original de l'edifici ni generar un pes excessiu a les cobertes... la gent compra àtics i comença a muntar tancaments de fusta, jacuzzis, piscines, planta horts, pins i palmeres. Algu coneix les ordenances municipals que regulen aquest tema? Tot el que estigui fora de normativa, la comunitat ho ha de denunciar.... tema molt problematic a la comunitat on visc a ctualment que acabara al jutjat. Salutacions
 

 

 Enparlem,totalmemte de acuerdo contigo.

 

Fin del hilo
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