Hola "pato", yo no estoy metido en leyes pero SI puedo confirmarte lo siguiente:
- Existe un plazo máximo de tres meses en los cuales la empresa puede sobrepasar la fecha de finalización de obra. Esto es un pequeño margen de desviación que les permite la ley, comprensible y justo (en mi opinión). Ya nos confirmó VG2000 que se acogía a ello para que contáramos también estos tres meses.
- Para saber la fecha exacta de finalización de obra, mira una carta, que supongo tendrás, en la cual VG2000 nos comunicaba la fecha en la cual les habían concedido la licencia de obra (no la licencia de vaciado que fue anterior), a partir de aquí, cuenta 21 meses del contrato más los 3 meses de demora máxima. Te dará la fecha exacta en la cual deberían tener terminada la obra y solicitar ellos la célula de habitabilidad de primera vivienda, o sea, el retraso a partir de esta fecha será solamente de la Comunidad de Madrid que tiene un plazo de 6 meses en realizarla (aquí contamos todos 3 meses, ya que es lo normal y lo que vienen tardando actualmente de media).
- A partir de las fechas que te he comentado tu puedes reclamar a VG2000 los daños o perjuicios. Lo que ocurre que siendo práctico, por un mes, creo que no te compensa metérte en gastos de abogado, tiempo y demás quebraderos de cabeza, eso ya deberás valorarlo tu mismo. Efectivamente con eso cuenta VG2000 y el resto de empresas del sector.
Espero ayudar o aclarar algo, un saludo