Las subvenciones entran en IRPF como incremento de patrimonio inferior al año. No se puede fraccionar el pago, ya que esto sólo se podría hacer si se recibieran de forma aplazada, que no es el caso.
Yo ya he presentado la declaración y como no me venía en el borrador no la incluí, pero me ha llegado una carta de la Comunidad en la que se me comunica que ese dato se lo han facilitado a Hacienda, por lo que tendré que volver a hacerla.
Sobre la subsidiación de intereses, en teoría tendríamos que hacer una declaración complementaria, rectificar la del año anterior, ya que parte de la subsidiación corresponde a otro ejercicio. Menudo rollo.
Un saludo a todos los vecinos.