Estatutos de la Comunidad de Propietarios
¿Puede el propietario de un local comercial utilizar el patio interior como patio de recreo?
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Según documentación que figura en la carpeta que nos entrego Oncisa, cuando efectuamos la firma de las escrituras. Normas de Aplicacióm al Local Comercial.
El local comercial quedará excluido del uso de todos los elementos comunes, excepto de aquellos cuyo uso es inherente a la titularidad del mismo, como por ejemplo con carácter meramente enunciativo: los elementos estructurales, como fachadas, cubiertas, etc, las dependencias de instalaciones o servicios que use de manera habitual (luz, agua, basuras.etc).
Por lo tanto queda claro que no puede usar el patio interior como patio de recreo.
Sea guarderia o lugar de recreo, queda claro que no se puede dar autorización sin que previamente se autorice el cambio de los Estatutos, que solamente pueden ser autorizados por la Junta General de Propietarios, por lo tanto no se trata de preocupar a ningún vecino, solamente se trata evitar que el propietario del local proceda a la apertura del mismo si no tiene toda la documentación que le solicite la Junta Municipal, y que nosotros no le facilitemos ningún documento sin previa consulta a la Junta General de Vecinos.