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D
Dante
09/02/2004 18:05

declaracion de la renta

¿Podemos desgravar las cantidades aportadas a la cuenta ahorro vivienda si hemos comprado un piso en el ejercicio 2003?

932 lecturas | 2 respuestas
Hola vecinos,
Tengo unas dudas respecto de la declaracion de la renta que haremos este año, sobre el
ejercicio 2003.
Yo hasta ahora he estado declarando por las cantidades ingresadas en el año,
en la cuenta ahorro vivienda. Pero, obviamente, en el ejercicio 2003 hemos soltado pasta
para comprar el piso.
¿podremos desgravar las cantidades aportadas como si hubieramos comprado ya el piso
y olvidarnos de la cuenta ahorro vivienda?
¿podemos cerrarla sin ningun problema, ni justificante?

Es decir podremos hacer la declaracion como si fueramos propietarios del piso.

(Ya se que ahora el piso es nuestro, pero no se si es la misma situacion legal, que cuando en la
entrega de llaves pasar a ser el titular y el piso es "tuyo").

Y en tal caso, (que pienso que será asi):

¿Habrá que presentar algun tipo de justificante en la declaracion?

Supongo que los vecinos de anteriores promociones que entrar en el foro, habrá pasado
por la misma situacion y podrán ayudarnos.

En cualquier caso, gracias por vuestras respuestas.

Un saludo.


 
M
madridista
10/02/2004 15:42
Puedes desgravar de la siguiente forma:

1.- Ingresar dinero en la cuenta vivienda y poder desgravar un 15% hasta 1.500.000 pts, es decir, te devolverán 225.000 pts si es que tus retenciones han llegado hasta ese punto.

2.- Desgravar por las cantidades entregadas a lo largo del año para la adquisición de la vivienda, igual que en lo anteriormente dicho un 15% hasta 1.500.000 pts.

Teniendo en cuenta que si sois dos, debéis dividir los pagos de la vivienda entre los dos porque si no estariáis desgravando dos veces por la misma cantidad.

Conclusión: Intentar en la medida de lo posible complementar el ingreso en cuenta vivienda con pagos de la vivienda por una cantidad mínima de 1.500.000 pts por cada uno de los integrantes de la pareja, siempre y cuando tus retenciones sean de 225.000 pts como poco ya que no te van a devolver más.
 
J
jerg
09/02/2004 19:06
Hola Dante,

Puedes o desgravar los pagos o hacerlos con cargo a tu cuenta vivienda. No puedes desgravar un mismo pago de las 2 maneras.

La cuenta vivienda se supone que debes usarla unicamente para hacer los pagos del piso, al agotarla, la cierras y ya está.

Ten cuidado: tienes que usar todo el dinero de tu cuenta vivienda antes de que esta caduque. Porque sino tienes que devolver lo desgravado indebidamente más intereses.

Creo que no hay que presentar ningún justificante de cerrar la cuenta: si te hacen una inspeccion, tienes tu contrato de compraventa y los recibos del banco de los pagos que has echo durante el año.

Y por supuesto, solo seremos propietarios del piso cuando escrituremos tras soltar toda la pasta de la entrada y hipotecarnos por 20 años. Ahora mismo el contrato solo indica que nos hemos comprometido ambas partes para hacerlo a la entrega de llaves, pero nada más. De echo podemos seguir desgravando por aportaciones a cta vivienda o pagos por compra vivienda hasta la firma de la escritura.

Saludos,
 

Fin del hilo
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