Bueno, te puedo contestar a la primera duda. Sí, se puede hacer una instalación comunitaria. En nuestro lugar debería ser por portal o algo similar. Y eso es lo que yo trataba de hacer, la verdad es que no me importa ponerla individual, pero creo que a la larga es mejor tener una sola para cada bloque. Primero porque el mantenimiento será más sencillo y porque cuando el digital cambie de satélite no habrá que mover 200 parabólicas.
En cualquier caso, para una parabólica comunitaria se necesita "solo" el voto de 1/3 de los asistentes a la reunión. De no alcanzarse el quorum necesario cualquier vecino puede optar a la instalación de una antena siempre que dicha instalación no suponga un peligro para las personas y/o el edificio.
Te cito la ley, por si la quieres conocer:
"El artículo 7, apartado 1, de la Ley de Propiedad Horizontal establece que el propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando NO menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
El artículo 17, apartado 2, de la Ley de Propiedad Horizontal dice que la instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, o la adaptación de los existentes, las como la instalación de sistemas comunes o privativos, de aprovechamiento de la energía solar, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación. "
En cualquier caso, cuenta con mi voto.