Quizás, cuando se haga la primera visita a la casa sea interesante pedir al encargado que deje que alguien pase a la casa contigua (si todavía no está ocupada, claro está, sino pedir a los vecinos que hablen un poco, jajaja) para comprobar la correcta insonorización. Esto, que parece de guasa, podría servir para incluir este "desperfecto" en la lista de desperfectos encontrados (si estimásemos que existe una mala insonorización), para que al menos se estudie la correcta insonorización del hogar y que quede por escrito nuestra reclamación.
No obstante, leer esto que he encontrado al respecto, y de lo que he sacado algunos trozos (en la web
http://www.consumer.es/accesible/es/vivienda/comunidades_vecinos_y_legislacion/2004/03/17/97252.php "El límite aceptable para soportar el ruido se marca en 65 decibelios, según se recoge en la legislación europea. Este grado se alcanza, por ejemplo, en el ambiente cotidiano de una oficina. En lo que respecta a los domicilios, casi todas las comunidades autónomas han establecido un máximo de 35 decibelios en el período diurno y 30 en el nocturno. Sin embargo, una conversación genera 45 decibelios, pero si la casa está bien insonorizada no se produce ninguna molestia.
En las denuncias al ayuntamiento, el afectado puede exigir que se lleve a cabo una medición de los niveles de ruido en su casa. La denuncia se puede tramitar también a través del teléfono. Cuando esos niveles de ruido son difíciles de detectar porque el que los causa se detiene por momentos es muy difícil que los funcionarios del consistorio puedan hacer algo para aliviar la carga del afectado. Por lo general el infractor aduce que el ruido no es su culpa, que las actividades que lleva a cabo son normales o que la responsabilidad puede recaer en la estructura del edificio, puesto que permite que el ruido se cuele en las casas.
Es entonces cuando se recurre a otras vías. Por lo general, los vecinos que padecen este mal se ven obligados a buscar empresas especializadas en medición de ruidos. Un informe de una de estas empresas cuesta entre 400 y 500 euros. Pero a la hora de acudir a los tribunales siempre pesa más un informe oficial.
Llegados a este punto es casi imprescindible la asesoría de un abogado que pueda dirigir al afectado en las situaciones a las que se tiene que enfrentar. Las personas que padecen niveles insoportables de ruido pueden optar por la vía administrativa, la penal, la civil, un recurso contencioso administrativo, un recurso de amparo o una queja ante el defensor del pueblo. En Internet abundan las páginas especializadas en estos asuntos que dan consejos sobre el modo de actuar:
www.ruidos.org ,
www.peacram.com y
www.juristas-ruidos.org , son algunas."