Buscando información por casualidad me he topado con una definición de lo que es Cédula de Habitabilidad, en esta dirección:
http://www.euroresidentes.com/vivienda/hipotecas/diccionario/cedula_de_habitabilidad.htm Me llama la atención el último párrafo en el que textualmente pone, referido a la Cédula:
Sin este certificado no se puede habitar ningún espacio legalmente Aunque lo sospechaba, no lo tenía seguro 100%. Si damos credibilidad al sitio Web (en principio parece un sitio respetable dedicado a la información general sobre diversos temas) esto confirma que Fadesa también nos está engañando en esto, o por lo menos así lo hacen sus empleados.
No se a vosotros, pero a mi me han insistido en dos cosas cada vez que he tenido que hablar sobre la posibilidad de escriturar:
- Que es perfectamente legal escriturar. En esto no mienten. Nada impide que dos partes firmen una escritura de compraventa mientras que en esta no se diga ninguna falsedad. Además, por lo que yo se, esto no impide que se pueda reclamar por parte del comprador el cumplimiento integro de lo pactado en el contrato y por tanto la constructora sigue teniendo la obligación de hacer lo necesario para que la cedula sea concedida.
- Que sin cedula se puede ir a vivir sin problemas, ya que ellos se ocupan de la luz y del agua. Si se confirma lo que dice esta web, esto es mentira y por lo tanto, al menos a mi me han mentido descaradamente, ya que sería ilegal hacerlo. Además, por lo que se, las compañias de luz y agua se podrían negar a seguir suministrandola, una vez está dado el fin de obra, y me consta que a veces se ha hecho, sobre todo si han tenido sospecha de que podian no cobralo.
Los que estáis vivierndo, creo que podeis estar tranquilos por ahora, ya que no he visto que hayan desalojado a nadie que se haya metido en vuestras condiciones. Pero cuando finalicen las obras no se yo que pasará con el agua y luz de obra. Espero sinceramente que no pase nada.
¿que opinais? ¿podeis confirmar o desmentir algo de esto?