Amaferna dijo:
Hola Lagora,
Normalmente la comunidad la debe de pagar el propietario, la piscina también es parte de comunidad que está obligado a pagar el propietario ya que un porcentaje de la misma es parte de su escritura.
Dicho lo cual, la cuota de piscina que se paga anual es de 89€ aproximadamente
Tu como inquilina tienes derecho a usar los servicios de la misma , no se el contrato que firmaste pero tienes derecho al usufructo tanto de la vivienda como de la piscina ya que tú cuando alquilas lo haces con todo
Para ser justos, hay que aclarar que los contratos se rigen por la voluntad de las partes y, por tanto, éstas pueden pactar que la piscina la pague el inquilino y el resto de cuotas las asuma el arrendador, por lo tanto no se puede afirmar que el propietario está obligado a pagar la piscina sino que dependerá de lo pactado en cada caso. Fundamentalmente lo digo para evitar conflictos innecesarios.
Cuestión distinta es ese incremento que se ha tratado de introducir que en modo alguno se corersponde con el del IPC y que, efectivamente incrementaría en sólo 4 ó 5 euros la renta mensual (aunque esto depende del importe de ésta). Si estás dentro de los tres primeros años no te puede introducir ese incremento (a no ser que pactarais un índice o porcentaje muy superior al IPC vivienda)
Suerte