Buenas.
Lo veo mal, Naia. Veo un panorama parecido al tuyo y me consta que es más bien general entre todos los vecinos. Hablo con conocimiento de causa, ya que he seguido en primera persona la evolución de la obra del Residencial Mirador de Cotolino desde incluso antes de inicio de actividad en la parcela, cuando casi no se consigió la Licencia de Obras y no faltó mucho para que hubiera que ejecutar la devolución de cantidades que adelantamos y que figuraba en nuestro contrato de compra-venta.
Empezando por el final veo una actitud del sevicio postventa Inbisa, que incluye a constructora BYCO y a la propia Inmobiliaria INBISA, de no asumir la responsabilidad de la cantidad de deficiencias individuales y comunitarias surgidas desde que se empezaron a entregar las viviendas en marzo de 2017. Pretenden hacer “parches”, pequeñas obras, reparaciones menores y sencillas que no impliquen mucho tiempo ni medios e itentar “salir cuanto antes de esta promoción". Niegan siempre la que conlleve obra mayor o más dificultad (o directamente se muestran incapaces de solucionar) y más de un año después, no solo seguimos reclamando cosas desde inicio, sino que surgen nuevas deficiencias. Desde este foro pretendo MANTENER INFORMADOS PERIÓDICAMENTE A LOS VECINOS DEL RESIDENCIAL Y A LOS FUTUROS COMPRADORES DEL NUEVO RESIDENCIAL INBISA COTOLINO (el que se va a construir más abajo, como segunda fase del nuestro) DE TODAS LAS DEFICIENCIAS COMUNITARIAS Y LAS MIAS PROPIAS INDIVIDUALES SURGIDAS (SIMIALRES EN LA MAYOR PARTE DE VECINOS), ALGUNAS REPARADAS, OTRAS AÚN NO Y OTRAS DIRECTAMENTE RECHAZADAS POR POSTVENTA INBISA. De esta manera junto con las bondades de esta promoción, que también las tiene, podremos hacer todos mejor un juicio de valor del resultado del producto que nos han vendido, para bien y para mal.
Recordad vecinos que Postventa Inbisa no hace una obra de caridad cuando nos atiende, sino que ejecuta la responsabilidad legal de Inbisa para con sus clientes en esta promoción, es decir, nosotros. Copio pego versión resumida de la Ley 38/1999 sobre Ordenación de la Edificación:
La citada ley fija que los agentes que intervienen en el proceso de edificación (promotor, constructor, arquitecto y arquitecto técnico) deben responder ante los propietarios por los desperfectos o vicios siguientes:
Durante 10 años, de los daños materiales ocasionados en el edificio a consecuencia de defectos o vicios que afecten a la cimentación, pilares, forjados, muros de carga o otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio. En resumen, la estructura y todo lo que se deriva de ello tiene una garantía de 10 años.
Durante 3 años, de los daños materiales ocasionados en el edificio a consecuencia de defectos o vicios de los elementos constructivos o instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad en materia de higiene, salud, protección del medio ambiente, protección contra el ruido, ahorro de energía, aislamiento térmico, etc. Se incluyen dentro de ese apartado las humedades, la falta de aislamiento, las grietas de origen no estructural, problemas en las instalaciones, etc.
Durante 1 año, por los daños materiales por defectos o vicios de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado.
Es muy importante tener en cuenta, que la garantía empieza a contar desde el momento en que el constructor entrega la obra terminada al promotor y no desde que el comprador adquiere la vivienda. Esta situación provoca, que en el caso de viviendas que se venden unos años después de su finalización, en el momento de la compra parte de la garantía ya ha vencido.
También debe saber que el período para reclamar los desperfectos es de 24 meses des de su aparición, independientemente de que el plazo de garantía haya o no finalizado. A modo de ejemplo, si un comprador sufre filtraciones de agua a los 2 años de la compra de la vivienda tendrá 2 años a partir de ese momento para reclamar, aunque el plazo de garantía para este tipo de vicio sea de 3 años.
SEGUIRÉ INFORMANDO
SALUDOS