El agua ,
REQUISITOS CONTRATACIÓN SUMINISTRO DE AGUA CONTADOR SECUNDARIO
Información de la Contratación Quién puede solicitar el
suministro:
Propietario, arrendatario, adjudicatario, de la finca o persona autorizada. La persona que presente la solicitud debe tener los conocimientos necesarios que permitan ajustarlas características técnicas de la acometida.
Si el titular del contrato es Razón Social, el solicitante ha de ser su representante oautorizado.
Quién puede contratar el suministro:
El titular del contrato será el propietario, arrendatario, adjudicatario, etc. de la finca.
Quién puede firmar el contrato:
Persona física: Si el titular del contrato es persona física (propietario, arrendatario, adjudicatario, etc.) el contrato puede ser firmado por él aportando
su DNI, o por un apoderado o persona autorizada.
Persona jurídica: Si el titular del contrato es una persona jurídica el contrato será firmado por un apoderado o persona autorizada por éste.
Comunidades de Propietarios: Si el titular del contrato es una Comunidad (Propietarios, Vecinos, etc.) el contrato debe ser firmado por el Presidente o Secretario de la misma o por persona debidamente autorizada.
Documentación que se ha de acompañar:
Impreso de Solicitud de Suministro de Agua: Contador Secundario Ref.: 92070debidamente cumplimentado.
Datos identificativos de la finca: nº de contrato principal, dirección de la finca o CIF dela Comunidad de Propietarios.
DNI del titular si es persona física, CIF si es persona jurídica, para su comprobación.
Autorización o poderes correspondientes de la persona que firmará el contrato (caso de ser distinta al titular) y su DNI para su comprobación.
Licencia primera ocupación/apertura/funcionamiento, si procede.
Documento expedido por la Dirección General de Industria, Energía y Minas, referidoa las instalaciones interiores de agua.
Código de C.N.A.E. para actividades comerciales e industriales.
Forma de pago:
Domiciliación bancaria (necesaria para efectuar la contratación a través del
Teléfono de Atención al Cliente) .
Metálico o Tarjeta de Crédito o Débito (en ventanilla de Caja de la Oficina Central) .
Cheque (en Oficinas Comerciales Periféricas sólo se puede abonar mediante Cheque) .
Dónde se puede
contratar:
En el Teléfono de Atención al Cliente .
Personándose en cualquiera de las Oficinas Comerciales.
Por correo postal.
Por fax.
Por la oficina Virtual.
Documentación que
ha de recibir el cliente: Contrato de suministro Ref.: 91050.
Factura de derechos de contratación.
NOTA:
Los datos recogidos en la tabla (placa troquelada de la batería/distribuidor) deben coincidir con los datos recogidos en
las escrituras de la finca. No se contratará ningún servicio de la batería si no coinciden los datos mencionados.
Al ejecutar las obras, si se solicitó la “Puesta en Servicio”, las llaves de paso se dejan abiertas, por lo que el cliente
debe tener sus grifos cerrados para evitar salida del agua.
ESto lo he copiado de la pagina del Canal:
http://www.cyii.es/cyii.es/web/atencion_cliente/contratacion_suministro.html#Altura1 Espero que os sirva.
Un saludo.