Real Decreto 515/1989:
Art. 9.º A la firma del contrato todo adquirente de vivienda comprendido en el ámbito de aplicación del presente Real Decreto (El presente Real Decreto es de aplicación a la oferta, promoción y publicidad que se realice para la venta o arrendamiento de viviendas que se efectúe en el marco de una actividad empresarial o profesional..) tiene derecho a recibir a costa del vendedor copia de los documentos a que se refieren los artículos anteriores.
Art. 3.º 1. La oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de viviendas se hará de manera que no induzca ni pueda inducir al error a sus destinatarios de modo tal que afecte a su comportamiento económico, y no silenciará datos fundamentales de los objetos de la misma.
2. Los datos, características y condiciones relativas a la construcción de la vivienda, a su ubicación, servicios e instalaciones, adquisición, utilización y pago que se incluyan en la oferta promoción y publicidad serán exigibles aun cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado.
Art. 4. Quienes realicen las actividades sujetas a este Real Decreto deberán tener a disposición del público, y en su caso, de las autoridades competentes, la información siguiente:
1. El nombre o razón social, domicilio y, en su caso, los datos de la inscripción en el Registro Mercantil, del vendedor o arrendador.
2. Plano general del emplazamiento de la vivienda y plano de la vivienda misma, así como descripción y trazado de las redes eléctrica, de agua, gas y calefacción y garantías de las mismas, y de las medidas de seguridad contra incendios con que cuente el inmueble.
3. Descripción de la vivienda con expresión de su superficie útil, y descripción general del edificio en el que se encuentra, de las zonas comunes y de los servicios accesorios.
4. Referencia a los materiales empleados en la construcción de la vivienda, incluidos los aislamientos térmicos y acústicos, y del edificio y zonas comunes y servicios accesorios.
5. Instrucciones sobre el uso y conservación de las instalaciones que exijan algún tipo de actuación o conocimiento especial y sobre evacuación del inmueble en caso de emergencia.
6. Datos identificadores de la inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad o expresión de no hallarse inscrito en el mismo.
7. Precio total o renta de la vivienda y servicios accesorios y forma de pago.
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Vamos que si en una foto publicitaria de la promoción habéis visto que la separación entre parcelas será una pared de ladrillo, luego no pueden/deben ponerte una malla de metal.
Y por lo que yo entiendo al leer esto a la firma del contrato, no a la entrega de llaves, deben de darme toda la información sobre las instalaciones, como es lógico!, sino no sabré que es lo que estoy comprando.
Evidentemente luego las promotoras/constructoras hacen lo que quieren, yo he visto casas entregadas sin calefación, sin unir los desagües de la casa a los de la calle, sin canalones y bajantes, sin persianas en las ventanas...