Hola a tod@s:
DavidBD, se supone que todas las comunidades de vecinos se rigen por la ley de propiedad horizontal (Ley 8/99), y por lo que en ella pone los presidentes ni pinchan ni cortan, son los propietarios (vecinos) los que deciden, en unos casos en mayoria absoluta y en otras en mayoría simple. El administrador es el que realmente debe responder de todos estos problemas, ya que el es el máximo responsable. Sino vale, pues lo que tendremos que hacer cuando ya esté constituida la última comunidad de la fase 4, será largarle y buscar a uno competente. No debemos esperar mucho más en constituir la comunidad de la 4 fase, ya que han pasado casi 3 meses.
Aun así para cualquier aclaración, dejo un vinculo con la Ley mencionada anteriormente.
Saludos
http://www.boe.es/boe/dias/1999/04/08/pdfs/A13104-13112.pdf