Los acuerdos de la Junta de Propietarios vinculan a la Comunidad, y por ello, de alguna forma, deben quedar registrados y guardados, por si en un futuro, es preciso volver a re-leerlos, interpretarlos…
Todo esto está tratado en el artículo 19 de la Ley de Propiedad Horizontal
Los acuerdos de la Junta de propietarios se reflejarán en un libro de actas diligenciado por el Registrador de la Propiedad en la forma que reglamentariamente se disponga.
CONTENIDO DE LAS ACTAS
Lo que el Acta de la Junta debe poner es JUSTO lo que en la reunión ocurrió, ni más, ni menos. Así mismo, en el Acta se deberá poner otro tipo de datos, como es la fecha y lugar, orden del día, participantes, etc, etc.
Según la Ley, el acta de cada reunión de la Junta de propietarios deberá expresar, al menos, las siguientes circunstancias:
* La fecha y el lugar de celebración.
* El autor de la convocatoria y, en su caso, los propietarios que la hubiesen promovido.
* Su carácter ordinario o extraordinario y la indicación sobre su celebración en primera o segunda convocatoria.
* Relación de todos los asistentes y sus respectivos cargos, así como de los propietarios representados, con indicación, en todo caso, de sus cuotas de participación.
* El orden del día de la reunión.
* Los acuerdos adoptados, con indicación, en caso de que ello fuera relevante para la validez del acuerdo, de los nombres de los propietarios que hubieren votado a favor y en contra de los mismos, así como de las cuotas de participación que respectivamente representen.
Para mas información, ver el tema convocatoria de una Junta
El acta deberá cerrarse con las firmas del presidente y del secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario.
El acta de las reuniones se remitirá a los propietarios de acuerdo en el procedimiento establecido en el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Que me llegue una fotocopia pidiendome mi cuenta bancaria antes de tener un minimo de informacion de lo que ocurrio en la reunion y sin ni siquiera saber cuanto habra que pagar, en concepto de que, etc..... en fin. MI cuenta bancaria no la facilito yo asi como asi, oigan, no se crean que me encuentro un papel fotocopiado en la calle y me paro corriendo a poner mi cuenta bancaria. Llega septiembre y estaremos sin luz ni agua ni nada comunitario...
Editado por Dean Markley 12/08/2009 19:17