Y dijo yo, La licencia de primera ocupación se concende cuando una obra nueva cumple los requisitos de solicidez estructura, salubridad... que dictan los ayuntamientos. Es decir, que el edificio pueda ser habitado con todos las garantias, lo de la acera lo entindo porque realmente pasar sobre unas tablas a la vivienda... pero los bancos, papeleras... y demás mobiliario urbano no creo que (salvo el alumbrado que si considero importante y de urgente reparación por parte del ayuntamiento), sea motivo suficiente para habitar nuestras casas. Sólo nos faltaba esperar a que crezcan los arboles (que no han plantado todavía). Un saludo a todos.