Hola,
Bueno, ojalá en este mundo todo el mundo actuara de buena fé y sin mirarse el ombligo, de esa manera no existirían ni problemas, ni demandas, ni juicios.
Yo al menos y supongo que así lo hizo el resto firme en mi contrato al respecto lo siguiente y escribo textualmente según contrato:
"...La vivienda tendrá todas las características que figuran en la memoria de calidades (anexo1).....
No obstante lo anterior, la Entidad vendedora se reserva el derecho de efectuar en las futuras obras las modificaciones que oficialmente le fueran impuestas, así como aquellas otras que vengan motivadas por exigencias técnicas o jurídicas durante su ejecución..."
En el anexo 1 (memoria de calidades) firmas:
"Para la facha exterior del edificio se ha pensado en una composición de fachada ventilada de tonos ocres y piezas prefabricadas claras..."
Y al final se puede leer:
"Los materiales mencionados en esta memoria de calidades podrán ser modificados por necesidades técnicas o por problemas de suministro, en cuyo caso siempre será una calidad similar o superior..."
Esto es todo lo que hay en el contrato sobre fachada y posibles cambios, es decir, solo y solo si existen motivos judiciales o técnicos, creo que el hecho de no poner fachada ventilada porque así para el propietario del ático en un futuro le va a ser más fácil ampliar su vivienda, no es un motivo técnico ni de suministro en el momento de la construcción.
Además, creo que si es de fachada del edificio, afecta a todos, sobre todo cuando lo que se ve es que queda bastante feo así.
Un saludo