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P
petardito
10/11/2010 11:00

firma de contratos

2.214 lecturas | 9 respuestas

Hola! como en breve empezaremos a firmar los contratos privados, sabéis si para beneficiarnos de la desgravación por adquisición de vivienda habitual es necesario que se firme ante notario? gracias!

 
J
JuanluGM
20/12/2010 09:46

El último Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado el proyecto de ley de medidas fiscales para el 2011 en el que se mantiene la deducción por adquisición de vivienda habitual en su tramo autonómico para todos los contribuyentes residentes en esta Comunidad; por el momento parece ser la unica comunidad autónoma que lo ha anunciado con efectos 1 de enero de 2011 (os recuerdo que no se trata de un texto definitivo y que por lo tanto no se puede considerar como definitivo hasta su publicacion en el BOCAM y el BOE).

De este modo tendrán garantizada para 2011 la parte autonómica de la deducción (que representa el 50% del total aplicable), con independencia de su nivel de renta, al margen de los cambios que se establecen en el Proyecto de Ley de Prespuestos del Estado para 2011 que dispone, segun cual sea base imponible del IRPF del contribuyente, su supresión o disminución.

Por tanto los residentes en la Comunidad de Madrid que adquieran su vivienda habitual a partir del 1 de enero de 2011 tendran:

i) derecho al 50% de la deducción sin condicionantes en cuanto a sus bases imponibles respecto de la parte autonomica, y
ii) derecho o no al otro 50% de la deduccion estatal dependiendo de que su base imponible no supere los 17.707,20 euros o al menos se encuentre entre esta cantidad y 24.170,20 euros (supuesto en el cual se encuentra limitada)

Finalmente, recordamos que para todos los clientes (residan o no en Madrid) tendrán derecho a aplicar el régimen de deducción actual si han efectuado la adquisiciones de su vivienda, o los pagos al promotor para la construcción de la misma antes de 1 de enero de 2011. Igualmente se mantiene la deducción respecto de las obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre que se hubieran satisfecho cantidades con anterioridad a 1 de enero de 2011 y las citadas obras estén terminadas antes de 1 de enero de 2015. Por el contrario la apertura de cuentas vivienda con anterioridad al 1 de enero de 2011 no generan el derecho al mantenimiento del régimen más que para las aportaciones realizadas antes de dicha fecha y siempre que se lleve a cabo la compra de la vivienda antes de dicha fecha.

 

Espero os sirva.

 

Saludos

 
P
petardito
02/12/2010 13:56

Mi marido fue al registro y allí lo solicitó, creo que le costó cerca de 11 euros cada uno. Yo se lo he llevado a la promotora y me han dado el ok.

Hoy mi marido ha hablado con un notario y nos dice que con el contrato privado y justificando las cantidades aportadas a la promotora, no es necesario elevarlo a público. Nosotros estábamos convencidos de hacerlo pero ahora no lo tenemos muy claro.

Sí es un lío sí...

 
G
guimosal
02/12/2010 12:05

Ante todo, muchas gracias, Petardito, algo me has aclarado. Aunque al final no me queda claro si CP necesita o no el documento de "no titularidad" como certificado (que creo que es bastante caro) o les sirve una nota donde digan que no tienes titularidades en toda España.

Chez, el problema está en que no sé si es obligatorio cerrar la cuenta vivienda una vez has empezado a aportar dinero a la construcción. Es decir, yo la tengo abierta desde el año pasado. Me desgravé en la declaración del 2009 y este año con el pago de la entrada me vuelvo a desgravar (de otros 9.015, que es el máximo), pero ya no por la cuenta sino por el pago para construcción (la entrada). Pero es que el año que viene con los pagos mensuales no llego a los 9.015 euros. Se supone que lo que ahora tengo en la cuenta vivienda he de usarlo para pagar (parte de) la entrada, con lo cual la cuenta queda a 0. Tú puedes desgravarte del DIFERENCIAL DE SALDO entre el 1 de Enero del año que la abriste y el 31 de Diciembre del año actual. Si ahora tienes 9.015 y los aportas para la entrada, se queda a cero. Para que el año que viene pueda desgravarme con cuenta vivienda tendré que aportar los 9.015 que quité para la entrada más otros tantos (para desgravarme de estos últimos).

No sé si me he explicado. De ahí que prefiera olvidarme ya de la cuenta vivienda (que ha cumplido su objetivo durante 1 año) y quiera adelantar alguna letra de 2012 a 2011 hasta llegar a 9.015 euros y desgravarme así del máximo posible.

Y todo esto suponiendo que, efectivamente, no sea necesario firmar ante notario el contrato privado de compra-venta para poder demostrar que se ha aportado dinero a la construcción de vivienda antes del 2011 y poder así seguir desgravándote como hasta ahora.

¡Qué lío!

 
C
chez
02/12/2010 07:47

Sólo como idea:

en vez de adelantar pagos a CP en 2011 para llegar al máximo para desgravar... ¿no sería una opción meter ese dinero que pretendes adelantar en la cuenta vivienda?... al final, y según tengo entendido (aunque no lo tengo muy claro), la cuenta vivienda desgrava igual que la adquisición de la vivienda, y son "ofertas no acumulables". Si para llegar a los 9000 euros máximos te faltan, por ejemplo, 2000, con meterlos en esa cuenta vivienda sería suficiente... ¿o no?.

Esto de comprarse una casa es un lio! laugh

 
P
petardito
01/12/2010 18:57

Hola Guimosal, te contestamos a alguna de tus preguntas porque en  otras también tenemos las mismas dudas:

 

1. Respecto al registro de la Propiedad, la web no funciona para pedir este tipo de documentos, tienes que ir directamente a la C/ Principe de Vergara ( en breve se trasladan ), Vale la nota simple sin sellar, yo la llevé a Cp el otro día y me dijeron que valía sin el sello del registro. Por cierto, no hace falta que vaya el titular. Lo que si te dan sellado es el certificado indicando que no tienes propiedades.

2. El pago se hace antes si lo realizas por transferencia, el just, se manda por mail o se lleva el día de la firma. Si por el contrario es por cheque se lleva el día de la firma. El tema de la cuenta vivienda nosostros también lo estamos mirando.

3. No sé si cp permitirá variaciones en los pagos, será cuestión de consultar.

4. Nosotros la mayor duda está aquí, no sabemos sin firmar ante notario, la ley está en tramitación y no queremos tener problemas luego para desgravarnos por la adquisición de vivienda. En cp me dicen que ellos no tienen problema, que han consultado a Hacienda y que, en principio, no es necesario hacerlo ante notario, el simple hecho de firmar un contrato privado y aportar las cantidades, es más que suficiente para justificar que has comprado una vivienda antes del 2011. Nosotros a eso lo estamos dando vueltas, me comentaron en cp que lo hablarían con la notaría con la que trabajan. En cualquier caso no sé si una vez firmados los contratos ellos presentan algo a la Comunidad de Madrid, sabemos que los contratos los presentan en el banco pero no sé si a alguien más.

Nosotros también firmamos la semana que viene y tenemos alguna duda, espero haberte ayudado en algo

Saludos

 
G
guimosal
01/12/2010 17:20

¿Nadie contesta a estas interesantes preguntas?

Yo aún no he firmado, pero pretendo hacerlo la semana que viene. Tengo alguna duda sobre el trámite, a ver si un alma caritativa puede responderme:

  1. El documento de "no titularidad" de ninguna propiedad inmobiliaria que hay que pedir a un registrador ¿vale con la nota simple o tiene que ser certificada? ¿Tiene que pedirse de toda España o sólo de Madrid? ¿Dónde lo sacáis? Lo digo porque precisamente entre Noviembre y Diciembre están haciendo mudanza del registro o algo así y al parecer han cerrado muchas sedes. Si lo pides desde la web (www.registradores.org) con tarjeta de crédito, no funciona... Al menos a mí me pedía "datos para enviar la factura" pero no me pedía tarjeta ni me dejaba hacer nada.
  2. ¿Hay que realizar ya el pago de la entrada? ¿Con transferencia? ¿Con un cheque? ¿Se pueden hacer varias tranferencias (una desde la cuenta vivienda y otra para el resto)? ¿Es obligatorio cerrar la cuenta vivienda o puedes seguir usándola mientras no se firme la escritura? ¿Hay que pedir justificante de pago a CP para poder desgravarte?
  3. En caso de que con las letras mensuales (en mi caso unos 650 euros durante 20 meses) no llegues a los 9.015 euros máximos deducibles, ¿puedes pedir a CP pagar algo más para poder desgravarte el máximo?
  4. ¿Hay que presentar el contrato de compra-venta en algún organismo para poder seguir desgravándote por adquisición de vivienda? ¿Comunidad de Madrid? ¿Hacienda? ¿Una notaría?

Perdón por tanta pregunta, pero es que por más que intento documentarme me da la sensación de que me falta mucha información. Y una casa no la compras todos los días.

Por cierto, vivo en Tres Cantos y a menudo me asomo por la parcela. Está todo el terreno removido y en cualquier momento empiezan a construir. Lo más probable es que en verano de 2012 nos entreguen las viviendas. ¡Son muy rápidos! (Lo digo por experiencia de familiares).

Saludos.

 
E
emondelog
23/11/2010 14:28

Hola, tengo una duda a cerca de la firma de contratos.

Los que ya los hayáis firmado, ¿los firmáis ante notario o los firmáis y presentáis después?. Es por el tema de la desgravación, no se exactamente que hay que hacer para poder seguir acogiéndote a ella, ni si da tiempo a hacerlo antes del 31/12/2010. No se cuanto tiempo tardan en prepararte el contrato los de CP Grupo y si después es necesario llevarlo a un notario, cuanto puede demorarse ese trámite...

Sigo dándole vueltas a si intentar meterme en la promoción antes de fin de año por lo de la desgravación...

Un saludo.

 
J
juankar82
23/11/2010 12:16

Hola, los que ya habes firmado los contratos, que documentacion habeis adjuntado. un saludo

 
J
JuanluGM
19/11/2010 10:03

Segun lo que tengo entendido, con hacer aportacion a promotor por adquisición de vivienda habitual antes de 31.12.2010 seria suficiente para poder desgravar. Aun asi, y para mayor seguridad, si el contrato privado de compraventa se presenta ante notario para que de fe de ello o mejor aun, se presenta ante la Comunidad de Madrid para que tengan constancia de ello, mejor que mejor.

Saludos

 

Fin del hilo
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