Cita:
Las mejoras en el edificio
Ningún propietario puede exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras que no sean necesarios para la adecuada conservación, habitabilidad y seguridad del edificio (por ejemplo, cambiar la puerta del portal por una más moderna... etc.)
Cuando se adopten acuerdos para realizar estas mejoras no necesarias, si cuota de instalación excede del importe de 3 mensualidades ordinarias de gastos comunes, el vecino que no esté conforme con su realización no estará obligado a abonarlas, ni se podrá modificar su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja introducida en la Comunidad.
Si el vecino disidente desea, posteriormente, participar de las ventajas de la innovación, deberá abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados aplicando el correspondiente interés legal.
Las innovaciones que hagan inservible alguna parte del edificio para el uso y disfrute de un propietario requerirán, en todo caso, el consentimiento expreso de éste.
A ver lo que pasa cuando den los presupuestos porque visto lo visto en la legislación llega la gente y se niega, no tiene porque pagar y tu no les puedes privar de la mejora, pq no podemos prohibir a nadie entrar en su edificio
Entonces a ver cuantos están dispuestos a pagar
Si somos 88 viviendas - 20 sin vender = 68 viviendas a pagar a priori. - 1 (la chica que voto ayer que no) = 67 viviendas a pagar a priori.