CARTA INTERESES
¿Se deben pagar intereses por retraso en la entrega de un inmueble?
693 lecturas | 1 respuestas
Hola a todos, os paso el escrito que he mandado para la reclamación de los intereses
En Valladolid, a …. de ...... de 2007
Por la presente, D. ……., con D.N.I. nº …….., y Dña. ….., con D.N.I. nº ……, SOLICITAN
El pago de los intereses devengados desde el día en que debería haberse efectuado la entrega del inmueble, que a resultas de la cláusula quinta, 5.1 fue el pasado 8 de enero de 2007, hasta el día 1 de marzo de 2007, en aplicación de la cláusula décima, apartado 10.2 del contrato firmado con URVALSA («En caso de retraso por parte de “URBANIZADORA DE VALLADOLID, S.A. en la fecha de entrega de la vivienda, y salvo que el mismo se debiera a causa de fuerza mayor o a caso fortuito no imputable a la parte vendedora, la parte compradora podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato… Si… la parte compradora opta por exigir el cumplimiento del contrato, el importe del precio satisfecho hasta entonces a cuenta del precio total devengará un interés anual equivalente al interés legal del dinero…, desde la fecha en que debía haberse efectuado la entrega hasta que se produzca la misma»).
Habiendo recibido carta certificada el día 12 de febrero indicándose como fecha de firma de las escrituras el día 1 de marzo del presente, resulta por entero de aplicación la cláusula indicada en el párrafo anterior, dado que los solicitantes arriba citados optan por exigir el cumplimiento del contrato (entrega efectiva del inmueble) y no se ha producido supuesto alguno de fuerza mayor, ni de caso fortuito, que hayan justificado la demora en el cumplimiento del citado contrato.
Sin nada más que añadir y esperando su respuesta,
Fdo. D. ………. Fdo. Dña. ………………..
Espero que os sirva.
Nosotros tenemos la firma de las escrituras para el 1 de marzo a las 10.
Una pregunta os queria hacer ¿habeis estado en el piso a ver los desperfectos antes de firmar, mas de una vez?
Saludos