Hola, si bien es cierto que se debe convocar y avisar de la reunión al menos 6 días antes para la reunión ordinaria de comunidad, para las extraordinarias sólo es necesario el plazo suficiente para avisar, el problema es que puesto en el tablón de anuncios y depositado en el buzón de cada uno se da por avisado, y el problema real es que hay vecinos que no viven en las casas y tampoco vienen a ver su correo, pero que en ningún caso han notificado a la comunidad otra dirección de envío de comunicados, y los propietarios son los obligados a informar de la dirección de envío de correo si no viven en la casa y no vienen a recoger correo!!
Pero lo que sí se puede es votar o solicitar otra nueva reunión si el 25% de los vecinos lo solicitan por escrito, pero vamos que lo mejor sería ir buscando presupuesto de nuevos administradores y porponer cambio de administrador, porque ha relajado tanto las reclamaciones a la constructora que ahora toca pagar un perito judicial para que nos metamos a juicio con URVALSA y nos arregle lo que debería estar arreglado, pero teniendo en cuenta que este administrador lo pusieron ellos....como decirlo!!
Creo que todos me entienden.
Y si veis vecinos que no fueron a la reunión o hay manera de ponerse en contacto con ellos pues que cuando recibamos el acta de la reunión sepan que tienen 30 días para votar, si es que prefieren ir a juicio con el del local, porque si quieren acuerdo no tienen que hacer nada.
Salu2