Hola
Pienso lo mismo que juan82. Hasta el momento creía que la cedula de habitabilidad se le daba a una construcción cuando dispone de las condiciones suficientes para ser habitada. Entonces es un tema objetivo, si se cumple se entrega, de lo contrario no se entrega ¡¡¡¡¡
Me preocupa el tema del aval, ya que eso implica que nos van a entregar las viviendas con alguna deficiencia. Nos entregan las viviendas sin las condiciones mínimas para ser habitadas con la promesa de que se terminarán cuando pueda AFIRMA (¿alguno de vosotros se fía de AFIRMA?). Por lo tanto los que sufriremos las deficiencias seremos nosotros y no el ayuntamiento. ¿Dispondremos de agua, depuradora, accesos, etc.?
¿qué ocurre si AFIRMA no cumple?, que con NUESTRO dinero paga al Ayuntamiento lo acordado en el aval y nosotros nos quedamos sin los servicios que eran necesarios para la cedula. A continuación denunciaremos al ayuntamiento, nos meteremos en pleitos y pasados 15 años nos darán la razón con una indemnización que cubrirá escasamente los gastos de los abogados.
Si las viviendas están en condiciones de ser habitadas, entonces nos encontramos con que el ayuntamiento utiliza el tema de la cedula para forzar a que se cumplan acuerdos ajenos ésta y por lo tanto ...
En caso de entregarse la cedula sin terminar el PAI, deberemos saber antes de firmar qué servicios del PAI faltan y decidir nosotros si aceptamos las viviendas o no. ¿podrían publicar el borrador del acuerdo que están discutiendo?.
Yo quiero que me entreguen las viviendas con todos los servicios que voy a pagar.
Saludos.