Se ha alcanzado acuerdo extrajudicial con AFIRMA
¿Cuál es el acuerdo extrajudicial alcanzado por Afirma y los compradores de Nova Almenara?
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Hola a todos/as,
me comunican nuestros abogados (Alberto y Esteban) que se ha alcanzado un acuerdo extrajudicial con Afirma en contraprestación por el incumpliento de contrato, en la fecha de entrega de los apartamentos.
Me indican que cuando vayáis a escriturar en Notaría tenéis que firmar dicho acuerdo dando conformidad al mismo.
Os adjunto el contenido final del acuerdo:
ACUERDO TRANSACCIONAL
En Valencia a …………………………………
REUNIDOS
;.- De una parte, D. ...................................................., mayor de edad, casado, con domicilio en ........................ (................), Calle ..........................., nº .........., con D.N.I. ..........................
;.- Y de otra parte, D. ........................................................., mayor de edad, casado, con domicilio en ........................ (..................), Calle ......................, nº ............, con D.N.I. ................................
INTERVIENEN
El primero en su condición de Apoderado de la entidad mercantil AFIRMA GRUPO INMOBILIARIO S.A.,, con domicilio Social en ...................., constituida por tiempo indefinido en Escritura Pública otorgada en fecha ............, ante el Notario de ................ DON , protocolo ............ e inscrita en el Registro Mercantil de ................., al folio .........., tomo ............, Sección ............ª, hoja ................, inscripción 1ª y con CIF. Num ...................:En adelante VENDEDORA PROMOTORA.
El segundo en su propio nombre y derecho. En adelante COMPRADOR.
(si es una mercantil en condición de Administrador de la entidad mercantil .................., con domicilio Social en ...................., constituida por tiempo indefinido en Escritura Pública otorgada en fecha ............, ante el Notario de ................ DON , protocolo ............ e inscrita en el Registro Mercantil de ................., al folio .........., tomo ............, Sección ............ª, hoja ................, inscripción 1ª y con CIF. Num ................... )
ANTECEDENTES
I.1.- Que la entidad mercantil AFIRMA GRUPO INMOBILIARIO S.A., ha venido promoviendo la construcción en la población de Almenara (Castellón), una promoción inmobiliaria denominada “Nova Almenara”.
I.2.- Que el COMPRADOR, por medio de Contrato Privado de Compraventa adquirió una vivienda y elementos anejos a la misma, habiendo convenido su entrega con la entidad PROMOTORA VENDEDORA para el mes de septiembre de 2007.
I.3.- Que por circunstancias ajenas a las partes, se ha producido un retraso en la entrega de las unidades de obras y, con ello, en la transmisión efectiva de la vivienda adquirida por el COMPRADOR, no obstante lo cual, la mercantil AFIRMA GRUPO INMOBILIARIO S.A., con el objetivo de afianzar su imagen corporativa y empresarial, siguiendo su política comercial de cooperación y fidelización de sus clientes, ha decidido, libremente, por su cuenta y a su cargo, colaborar con los distintos propietarios, tratando de mitigar el efecto que los retrasos puedan haberles ocasionado, renunciado éstos a cualquier acción que, por dichos retrasos pudieran corresponderles.
1.4.- Que a tal fin, ambas partes, PROMOTORA VENDEDORA y COMPRADOR, llevan adelante el presente ACUERDO TRANSACCIONAL que se regirá a tenor de los siguientes:
PACTOS
Primero.- La entidad mercantil AFIRMA GRUPO INMOBILIARIO S.A., se compromete y obliga, en atención a lo manifestado en el apartado 1.3 de los Antecedentes, a transmitir al COMPRADOR una participación indivisa equivalente a UNA QUINIENTAS VEINTICUATROAVA PARTE de las siguientes unidades de obra:
- 2 Locales comerciales sitos en la promoción descrita.
- 2 Trasteros sitos en la promoción descrita.
La mercantil PROMOTORA VENDEDORA se reserva el derecho de elegir libremente las unidades de obra referidas en el apartado anterior.
Segundo.- La entidad mercantil AFIRMA GRUPO INMOBILIARIO S.A., a su elección, con carácter previo o simultáneo a la transmisión a favor del COMPRADOR de las unidades de obra descritas en el apartado anterior y, siempre que se den las prescripciones establecidas expresamente en la Condición Suspensiva, se compromete a realizar las siguientes obras en los dos locales objeto de transmisión:
- La adecuación de uno de los locales comerciales, que será usado como CLUB SOCIAL, con todos los elementos que se enumeran con carácter limitativo y excluyente a continuación:
• Suelo de gres o material similar.
• Paredes alicatadas hasta 0.90m y resto pintadas y techo de escayola.
• Instalación eléctrica con luces, así como un mínimo de 10 conexiones eléctricas.
• Puerta de acceso por la zona de la piscina y ventanas a dicha zona.
- La adecuación del otro local comercial con todos los elementos que se enumeran a continuación con carácter limitativo y excluyente:
• Suelo de goma.
• Paredes pintadas y techo de escayola.
• Instalación eléctrica con luces, así como un mínimo de 10 conexiones eléctricas.
• Puerta de acceso por la zona de la piscina y ventanas a dicha zona.
• Dos vestuarios completos con duchas y sanitarios, uno masculino y otro femenino, con todos lo elementos y mobiliario propios de un vestuario.
- La construcción de dos aseos, uno para caballeros y otro para señoras en la zona de la piscina, con todos los elementos propios de un aseo.
- La instalación de un portero automático en la puerta de entrada de la playa.
Tercero.- La transmisión de la participación indivisa a favor del COMPRADOR de las unidades de obra referidas en la Cláusula Primera, queda sometida a la CONDICION SUSPENSIVA EXPRESA de la suscripción de idéntico documento por parte, como mínimo, del equivalente a la mayor de las dos cifras siguientes: SETENTA Y CINCO POR CIENTO DE LAS VENTAS FORMALIZADAS EN DOCUMENTO PRIVADO ANTES DEL 12 DE JUNIO DE DOS MIL OCHO, ó el SETENTA Y CINCO POR CIENTO de las ventas Elevadas a contráto Público antes del 31 de Octubre, de tal manera que, mientras no se produzca la suscripción por el referido porcentaje de propietarios de los Acuerdos Transaccionales en los mismos términos que el presente, la entidad PROMOTORA VENDEDORA quedará exenta del cumplimiento de las obligaciones libremente asumidas por la misma, en las Cláusulas Primera y Segunda.
Cuarto.- Una vez obtenido el porcentaje de suscripciones referido en la Cláusula anterior, la mercantil PROMOTORA VENDEDORA procederá a la transmisión de tantas partes indivisas de las unidades de obra comprometidas, como propietarios hubieren suscrito el ACUERDO TRANSACCIONAL individualizado, calculando la parte que a cada uno le corresponda sobre dichas unidades de obra en relación con el número total de viviendas que forman parte de la Promoción.
La PROMOTORA VENDEDORA notificará por carta a los distintos propietarios, una vez se den las condiciones necesarias, para llevar a efecto la transmisión, siendo los gastos que por la misma se originen satisfechos por la vendedora, excepto el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, si lo hubiera.
Quinta.- Las partes acuerdan que la realización por la entidad PROMOTORA VENDEDORA de las obligaciones libremente asumidas por medio del presente documento deberá llevarse a término en un plazo máximo de tres meses desde que la CONDICION SUSPENSIVA quede sin efecto, por haberse cumplido las prescripciones en la misma establecidas.
Finalizado dicho plazo podrá exigirse su realización a la obligada o bien podrá realizarse por cuenta de la Comunidad, estando obligada la entidad mercantil AFIRMA GRUPO INMOBILIARIO S.A. a satisfacer el coste de los trabajos que se le presente.
Séptima.- Con la firma del presente acuerdo, el COMPRADOR renuncia expresa y libremente a cualquier tipo de reclamación que con origen en los retrasos en la entrega de su vivienda y otras unidades de obra pudiera corresponderle, dándose por satisfechos con la presente contraprestación y sin nada más que reclamar por este concepto.
Octava.- Con renuncia expresa a su propio foro, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Valencia para cualquier controversia derivada del presente contrato.
Y en prueba de conformidad por cuanto quede expresado, para que conste y surta sus efectos, expiden el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, firmándolo en todas sus hojas, en prueba y señal de conformidad, en la ciudad y fecha al principio indicados.