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V
valdefranyoly
08/11/2007 15:20

PLAZO ULTIMO DICIEMBRE

¿Qué hacer si no sabemos nada el 31 de diciembre sobre nuestra vivienda recién adquirida?

629 lecturas | 5 respuestas
Buenas tardes vecinos,que se supone que vamos hacer si a dia 31 de diciembre no sabemos nada..??
Se aceptan propuestas y comentarios porque nosotros claro esta ,como muchos ,es la primera vez que adquirimos una vivienda, y no sabemos cuales son los pasos a seguir..
porque esta visto y comprobado que no va a estar listo..,e igual que yo he cumplido todos los meses,,deberian de haber cumplido ellos,no?

un saludo vecinos
 
A
AYLADE
28/11/2007 12:56
he preguntado a la constructora sobre la finalizacion de obra y me han dicho esto: "le comunicamos que la prevision de terminacion es enero,febrero mas o menos auque se va a intentar terminar antes".
 
K
KBF3
12/11/2007 16:09
perdonar que me entrometa en vuestro foro.
soy un comprador de una promocion de bitango promociones, cuyo fin de obra es para final de año. se ha abierto un debate en www.afectadosbitango.com seccion general sobre que promociones se van a entregar en el 2007. Por lo que os leo parece que la vuestra se deberia de haber entregado ya....
que fechas teneis de entrega de los plazos y pq motivo no se han entregado todavia.
no conozco mas que la vuestra y FuenlabradaIII que se vayan a finalizar este año,. y ya es raro que una gestora con tantas promociones, que se entreguen tan pocas en un año.
saludos
 
V
vitoria
09/11/2007 09:42
Eso es una cosa que he venido preguntando varias veces en otros posts. Visto que ya no cumplen ni la prorroga el plazo de contrato, entiendo que los perjudicados deberíamos reclamar. También entiendo que deberíamos hacerlo una vez constituida la Junta de Propietarios ¿no? ¿en conjunto o por separado? lo digo por que creo que por aquí alguno dijo que tenía fecha de entrega en marzo de 2008. ¿?
 
S
SNC
08/11/2007 17:29
Buenas de nuevo,

Aqui te dejo un enlace en el que se informa de que hacer si existe demora en la entrega de la vivienda:

http://www.nuevosvecinos.com/general/contenidos.asp?docid=9

Un saludo.
 
S
SNC
08/11/2007 17:25
No hace falta que exista una clausula específica en el contrato privado de compraventa, el tiempo que pase desde que ellos se comprometieron a la entrega-escrituracion hasta la fecha en que efectivamente se escriture y por lo tanto tu recepciones la vivienda GENERA UN MENOSCABO O DAÑO QUE DEBE SER RESARCIDO (gastos de alquiler, guardamuebles, mudanzas,etc...todo aquello que esté justificado )

EN DEFINITIVA, LA LLAMADA MORA EN LA ENTREGA DE LA VIVIENDA (SIEMPRE Y CUANDO ESA MORA NO ESTÉ SERIAMENTE JUSTIFICADA) DEVIENE EN UN QUANTUM INDEMNIZATORIO A FAVOR DEL COMPRADOR-PERJUDICADO).
 

Fin del hilo
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