Borardor reglamento Régimen Interno
¿Cuál es el horario nocturno según la normativa del Ayuntamiento?
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Muy buenas,
acabo de leer el borrador de las "normas", me parece todo lógico y normal, aunque discrepo en un punto, en concreto el artículo 8, que establece q el horario "nocturno" es de 00:00 a 9:00 horas, cuando la normativa del Ayuntamiento indica q el horario nocturno es el comprendido entre las 23:00 horas y las 07:00, más apropiado para los q nos levantamos "prontito".
Lo hablamos en la Junta de vecinos.
S2