hola, espero que te ayude en algo.
En principio, es el vendedor el que paga la plusvalía. Así que en este caso sugerimos que reclame al vendedor, por telegrama o buro fax certificado con acuse de recibo, la retirada de la cláusula relativa a la plusvalía en las escrituras. El asunto es, de cualquier forma, complejo. El artículo 107 b de la Ley de Haciendas Locales dice que en las transmisiones gravosas quien debe pagar la plusvalía (impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana) es el vendedor. Por otra parte, el artículo 36 de la Ley General Tributaria establece que los elementos de la obligación tributaria no podrán ser alterados por pactos o convenios entre los particulares, y en todo caso quien abona la plusvalía ante la Administración es siempre el vendedor.
Y aunque la ley no cita expresamente la plusvalía -ya que no es propiamente un gasto derivado de la preparación de la titulación- en ese pacto civil el vendedor no puede imponer al comprador que abone la plusvalía ni otros conceptos que no corresponden al comprador. Es decir, en los pactos civiles siempre habrá que negociar. Así al menos se pronunció la Audiencia Provincial .
de todas formas hay que leer todo bien y hablarlo.
saludos